71 96.123 El 25 de marzo de 2003 la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario informó que si bien el número de víctimas es indeterminado, se han logrado identificar dentro del paginario forense los cuerpos de José Rolan Valencia, Sinaí Blanco y un NN hombre de aproximadamente […] 35 a 40 años de edad, observándose acta de levantamiento […] y protocolos de necropsia […]. Además de los tres cuerpos referidos con antelación, [se llevó a cabo] el homicidio de otros pobladores[, cuyos cuerpos] fueron lanzados al río Guaviare como [los de] Antonio María Barrera, Álvaro Tovar Muñoz, conocido como Tomate, Edwin Morales, Jaime Pinzón, el de un joven de raza negra con el nombre Nelson y de un hombre cuyo cuerpo apareció flotando en el agua sin que se haya identificado; [además, se llevó a cabo] el secuestro de Gustavo Caicedo Rodríguez, Hugo Fernando Martínez Contreras, Diego Armando Martínez Contreras y Manuel Arévalo, asesinatos y desapareciones de cuya evidencia se tienen […] testigos125. 96.124 El 31 de diciembre de 2004 la Fiscalía General de la Nación, a través de la Dirección de Asuntos Internacionales, atendiendo a la solicitud del Fiscal Especializado de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, solicitó “asistencia técnica internacional a las autoridades de la Policía Metropolitana de Londres, para que de ser posible, con un equipo de expertos forenses especialistas en manejo de escena en agua, se intent[ara] la eventual recuperación de algunos restos óseos de las personas muertas en la masacre de Mapiripán”126. 96.125 El 11 de julio de 2005 culminó la audiencia pública de juzgamiento en el proceso seguido contra el General (r) Jaime Humberto Uscátegui y el proceso pasó al despacho del juez penal del circuito especializado para la emisión del fallo correspondiente127. 96.126 A la fecha de la presente Sentencia, el proceso penal continúa en trámite y el estado actual del mismo, según la información que consta en el expediente ante la Corte, es el siguiente: a) en total, han sido procesadas aproximadamente 17 personas; b) se han proferido resoluciones acusatorias contra trece imputados, de los cuales cinco son miembros del Ejército (supra nota 96.82, 96.95, 96.115 y 96.119); c) la Fiscalía General de la Nación ha dictado nueve medidas de aseguramiento consistentes en detención preventiva. De éstas, las órdenes de captura de Arnoldo Vergara Trespalacios, Francisco Gómez Vergaño y Miguel Enrique Vergara Salgado, presuntos paramilitares, no han sido efectivas; d) existen dos sentencias condenatorias en primera instancia contra siete personas, a saber, los paramilitares Carlos Castaño, Julio Enrique Flórez, Luis 125 Cfr. nota de 25 de marzo de 2003, suscrita por un técnico judicial de la Unidad de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario (expediente de anexos a la demanda, anexo 47, folios 776 y 777). 126 Cfr. nota de 31 de diciembre de 2004, suscrita por la Directora de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la Nación, dirigida al Comisionado de Policía Metropolitana de Londres (expediente de prueba presentada por el Estado, folio 4687). 127 Cfr. escrito de prueba para mejor resolver presentado por el Estado el 2 de septiembre de 2005.

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