38
despido fueron los de las personas que promovieron el paro. Se despidió a los que
fueron a las entradas de los Ministerios, de las entidades gubernamentales, y
trataron de impedir que los trabajadores entraran a trabajar, esto es, a los que
realizaron actos físicos concretos para ir a la huelga. No está enterado de cuáles
fueron los despidos que se realizaron antes de la aprobación de la Ley 25. Quiso que
se esperara a la entrada en vigencia de la Ley 25 para proceder a los despidos, pero
hubo casos, muy pocos, que fueron anteriores a la Ley 25 y cree que la propia Ley 25
los contempló. En fecha 23 de mayo de 1991 la Corte Suprema de Justicia de
Panamá declaró la inconstitucionalidad del “parágrafo” del artículo 2 de dicha Ley,
que facultaba al Consejo de Gabinete para determinar si las acciones de los
funcionarios eran contra la democracia y el orden constitucional, a fin de aplicar las
sanciones de destitución. Esa disposición, que se declaró inconstitucional, nunca se
usó. Aunque para él el “parágrafo” mencionado era constitucional siempre acató la
decisión de la Corte Suprema de Justicia. El Ministerio Público no abrió formalmente
una investigación contra los miembros del movimiento sindical que participaron en la
organización de la marcha y el paro que coincidieron con la asonada militar del
Coronel Eduardo Herrera Hassán, a pesar de que al Gobierno le constaba que era
parte de la misma conspiración. En Panamá existe el despido, que es una decisión
patronal, y después el juicio que se relaciona con el despido, y aparte está la acción
penal. La práctica en Panamá es que después que se da un despido justificado no
hay razón alguna para perseguir al trabajador y llevarlo a la cárcel. Desatendió el
asunto después de que se solucionó el problema inmediato de la posibilidad de que
esos golpes continuaran en forma sucesiva. No tenía interés en que los trabajadores
despedidos, y que ya no eran un mayor peligro para la democracia, estuvieran
presos.
i.
Declaración de Guillermo Alfredo Ford Boyd, Vicepresidente de
la República de Panamá durante el Gobierno del Presidente
Guillermo Endara Galimany
A partir de la madrugada del 20 de diciembre de 1989 y como consecuencia de la
invasión de los Estados Unidos de América, asumieron el poder constitucional, debido
a que ganaron las elecciones en la República de Panamá. Su país en esos momentos
estaba en una situación caótica, resultado de la prolongada crisis, y lo más
importante era la consolidación de la democracia y defenderla dentro de lo que
estableciera la Constitución de la República de Panamá. A partir del mes de marzo
de 1990 se instaló la Asamblea Legislativa. Una de las situaciones más difíciles que
enfrentaron fue la creación de una nueva fuerza pública que restaurara el orden en la
República de Panamá, ya que no podían improvisar nuevos policías que se
incorporaran a ella y tenían una absoluta y total desconfianza con los exmilitares que
acababan de ser derrotados. El Coronel Herrera Hassán, en la etapa inicial, mereció
todo el respeto del Presidente Guillermo Endara Galimany. Sin embargo, desde muy
temprano fueron sospechando que él quería emular algunas figuras de la dictadura
anterior, creando espacios dentro del panorama nacional y queriendo inclusive
demandar que el Gobierno respetara ese espacio como miembro de la Fuerza Pública.
Como resultado de la destitución del Coronel Herrera Hassán como jefe de dicha
Fuerza, fueron notando algunas rebeliones de su parte. Posteriormente fue juzgado,
condenado y apresado. El propósito del movimiento encabezado por el Coronel
Herrera Hassán apuntaba hacia el derrocamiento del Presidente Endara Galimany, a
la alteración del orden constitucional y a la supresión de todas las instituciones
democráticas del país. A mediados de 1990, grupos sindicalistas que estaban
organizados en una coordinadora nacional que incluía a los más importantes gremios