38 despido fueron los de las personas que promovieron el paro. Se despidió a los que fueron a las entradas de los Ministerios, de las entidades gubernamentales, y trataron de impedir que los trabajadores entraran a trabajar, esto es, a los que realizaron actos físicos concretos para ir a la huelga. No está enterado de cuáles fueron los despidos que se realizaron antes de la aprobación de la Ley 25. Quiso que se esperara a la entrada en vigencia de la Ley 25 para proceder a los despidos, pero hubo casos, muy pocos, que fueron anteriores a la Ley 25 y cree que la propia Ley 25 los contempló. En fecha 23 de mayo de 1991 la Corte Suprema de Justicia de Panamá declaró la inconstitucionalidad del “parágrafo” del artículo 2 de dicha Ley, que facultaba al Consejo de Gabinete para determinar si las acciones de los funcionarios eran contra la democracia y el orden constitucional, a fin de aplicar las sanciones de destitución. Esa disposición, que se declaró inconstitucional, nunca se usó. Aunque para él el “parágrafo” mencionado era constitucional siempre acató la decisión de la Corte Suprema de Justicia. El Ministerio Público no abrió formalmente una investigación contra los miembros del movimiento sindical que participaron en la organización de la marcha y el paro que coincidieron con la asonada militar del Coronel Eduardo Herrera Hassán, a pesar de que al Gobierno le constaba que era parte de la misma conspiración. En Panamá existe el despido, que es una decisión patronal, y después el juicio que se relaciona con el despido, y aparte está la acción penal. La práctica en Panamá es que después que se da un despido justificado no hay razón alguna para perseguir al trabajador y llevarlo a la cárcel. Desatendió el asunto después de que se solucionó el problema inmediato de la posibilidad de que esos golpes continuaran en forma sucesiva. No tenía interés en que los trabajadores despedidos, y que ya no eran un mayor peligro para la democracia, estuvieran presos. i. Declaración de Guillermo Alfredo Ford Boyd, Vicepresidente de la República de Panamá durante el Gobierno del Presidente Guillermo Endara Galimany A partir de la madrugada del 20 de diciembre de 1989 y como consecuencia de la invasión de los Estados Unidos de América, asumieron el poder constitucional, debido a que ganaron las elecciones en la República de Panamá. Su país en esos momentos estaba en una situación caótica, resultado de la prolongada crisis, y lo más importante era la consolidación de la democracia y defenderla dentro de lo que estableciera la Constitución de la República de Panamá. A partir del mes de marzo de 1990 se instaló la Asamblea Legislativa. Una de las situaciones más difíciles que enfrentaron fue la creación de una nueva fuerza pública que restaurara el orden en la República de Panamá, ya que no podían improvisar nuevos policías que se incorporaran a ella y tenían una absoluta y total desconfianza con los exmilitares que acababan de ser derrotados. El Coronel Herrera Hassán, en la etapa inicial, mereció todo el respeto del Presidente Guillermo Endara Galimany. Sin embargo, desde muy temprano fueron sospechando que él quería emular algunas figuras de la dictadura anterior, creando espacios dentro del panorama nacional y queriendo inclusive demandar que el Gobierno respetara ese espacio como miembro de la Fuerza Pública. Como resultado de la destitución del Coronel Herrera Hassán como jefe de dicha Fuerza, fueron notando algunas rebeliones de su parte. Posteriormente fue juzgado, condenado y apresado. El propósito del movimiento encabezado por el Coronel Herrera Hassán apuntaba hacia el derrocamiento del Presidente Endara Galimany, a la alteración del orden constitucional y a la supresión de todas las instituciones democráticas del país. A mediados de 1990, grupos sindicalistas que estaban organizados en una coordinadora nacional que incluía a los más importantes gremios

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