64 diciembre de 1990. En el artículo 6 de dicha ley se señaló que ésta era de orden público y tendría efecto retroactivo a partir del 4 de diciembre de 1990. Según su artículo 7 regiría desde su promulgación y tendría vigencia hasta el 31 de diciembre de 1991;36 relación con las demandas interpuestas por Carlos del Cid, en representación de Ivanor Alonso, Arnoldo Aguilar U., Lionel Ángulo C., Carlos Catline, Judith E. de la Rosa de Correa, Alfonso Chambers, Eduardo Cobos, Orlando Camarena, Alexis Díaz, Edgar de León, Luis Coronado y Elberto Luis Cobos R.; y expediente del proceso ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia, en relación con los tres recursos de inconstitucionalidad interpuestos por Vicente Archibold Blake en representación de Isaac Rodríguez; por Santander Tristan Donoso y otros; y por Basilio Chong Gómez en representación de Rolando Miller y otros, en contra de la Ley 25 de 14 de diciembre de 1990. 36 cfr. Ley 25 de 14 de diciembre de 1990 publicada en la Gaceta Oficial de Panamá No. 21.687 de 17 de diciembre de 1990; testimonio de Rogelio Cruz Ríos rendido ante la Corte Interamericana el 26 de enero de 2000; sentencia del pleno de la Corte Suprema de Justicia de Panamá de 23 de mayo de 1991, en relación con los tres recursos de inconstitucionalidad interpuestos por Vicente Archibold Blake en representación de Isaac Rodríguez; por Santander Tristan Donoso y otros; y por Basilio Chong Gómez en representación de Rolando Miller y otros, en contra de la Ley 25 de 14 de diciembre de 1990; Informe del Ministerio de Relaciones Exteriores titulado “Reparos aclarativos al Informe No. 37/97 (Caso 11.325) proferido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA)”, dirigido el 10 de diciembre de 1997 al Embajador Representante Permanente de Panamá ante la OEA; acta de la Asamblea Legislativa de 13 de diciembre de 1990 correspondiente a la discusión del proyecto de la Ley 25; sentencia de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo de la Corte Suprema de Justicia de 30 de junio de 1993, en relación con las demandas planteadas por Vicente Archibold Blake, en representación de Luis Anaya, Juan Bautista Quijada, Cayetano Cruz y Jaime Camarena; sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Corte Suprema de Justicia de 18 de diciembre de 1992, en relación con las demandas interpuestas por el Vicente Archibold Blake, en representación de Eduardo Gaslín Caballero, Alfredo Guerra, Raúl González Rodaniche, Melva Guerrero Samudio, Esther Guerra, Evangelista Granja C., Antonio González, Erick Alexis González, Manuel Herrera S., Aníbal Herrera Santamaría, Félix Herrera C., Magaly V. de Herrera, Pompilio Ibarra Ramírez, Daniel Jiménez H., Rolando Jiménez, José Kellys S., Gilberto Antonio Leguisamo, Dirie Lauchú Ponce, Perlina Loban de Andrade, Erick Lara Moran, Darien Linares, Zilka Lou M., Dennis Lasso E., Orán Darío Miranda Gutiérrez, Luis Montero, Valentín Morales V., Raúl Murrieta Ríos, Natalio Murillo, Jorge Martínez F., Luis Miranda, Esteban Nash Campos, Evelio Otero Rodríguez, Antonio Ornano C., Gustavo Alexis Ortíz G., Luis Osorio y Omar Oses; sentencia de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo de la Corte Suprema de Justicia de 30 de julio de 1993, en relación con las demandas interpuestas por Carlos del Cid, en representación de Ivanor Alonso, Arnoldo Aguilar U., Lionel Ángulo C., Carlos Catline, Judith E. de la Rosa de Correa, Alfonso Chambers, Eduardo Cobos, Orlando Camarena, Alexis Díaz, Edgar de León, Luis Coronado y Elberto Luis Cobos; tomo I del expediente del proceso ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Corte Suprema de Justicia, en relación con las demandas contencioso-administrativas de plena jurisdicción interpuestas por Vicente Archibold Blake en representación de Magaly V. de Herrera, Felix Herrera C., Anibal Herrera Santamaría, Manuel J. Herrera S., Eric Alexis González, Antonio González, Evangelista Granja C., Esther M. Guerra, Melva Guerrero Samudio, Raúl González Rodaniche, Alfredo Guerra y Eduardo Gaslín Caballero; tomo I del expediente del proceso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, en relación con las demandas contenciosoadministrativas de plena jurisdicción interpuestas por Vicente Archibold Blake en representación de Miguel Angel Osorio, Sergio Ochoa Castro, Christian Eliécer Pérez, Rúben D. Pérez, Giovani E. Prado S., Fredys Pérez, Miguel L. Bermúdez T. y Andrés Bermúdez; tomo I del expediente del proceso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, en relación con las demandas contenciosoadministrativas de plena jurisdicción interpuestas por Vicente Archibold Blake en representación de Luis Anaya, Juan Bautista Quijada B., Cayetano Cruz, y Jaime E. Camarena; tomo I del expediente del proceso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, en relación con las demandas contencioso-administrativas de plena jurisdicción interpuestas por Vicente Archibold Blake en representación de Andrés A. Aleman L., Santiago Alvarado, Pedro Atencio Madrid, Javier Atencio Arauz, Víctor Arauz Núñez, Rubén D. Barraza, Luis Bernuil Z., Alba Oritela Berrio, Jose Inés Blanco Obando y Jaime A. Batista; y expediente del proceso ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia, en relación con los tres recursos de inconstitucionalidad interpuestos por Vicente Archibold Blake en representación de Isaac Rodríguez; por Santander Tristan Donoso y otros; y por Basilio Chong Gómez en representación de Rolando Miller y otros, en contra de la Ley 25 de 14 de diciembre de 1990.

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