85. El 9 de octubre de 2003 la enfermera de turno del COF informó a la Directora y Subdirectora del COF que ese día bajó al hogar de maternal a administrarle a la señora Chinchilla su dosis de insulina pero “no [les] abrió la puerta” y dijo “que no se le [pusiera] la insulina”, y que ella “iba a mandar a pedir el medicamento”. Señaló que la Subdirectora del COF ordenó a la rectora de turno que bajara con ella a administrarle el medicamento a la interna y que “sólo a la rectora dejó entrar a su habitación’’ y que desde afuera le dio “la jeringa con insulina […] para que [la rectora] le administrara el medicamento”, así como otras pastillas, “ya que ella no quiere que [la enfermera de turno] le administre nada”. La enfermera manifestó que ella cumplía “con sus funciones de [e]nfermera” y que si ella llegaba a sufrir “de alguna recaída que no [le fuera] a culpar” diciendo “que la enfermera no le pone atención” 125. 86. El 28 de octubre de 2003 la médico de turno del COF informó al Coordinador de Servicios Médicos del Sistema Penitenciario que a la interna Chinchilla Sandoval “se le administran 40 unidades de INSULINA cada 24 horas 7:00 AM diariamente”126. 87. El 28 de noviembre de 2003 la señora Chinchilla solicitó autorización para asistir a cita médica el 12 de diciembre. El 1 de diciembre el juez resolvió que la reclusa en mención deberá recibir en ese centro penitenciario el tratamiento médico sintomático por su cuadro de diabetes127. viii. Año 2004 88. El 7 de enero de 2004 la enfermera de turno informó a la Subdirectora del COF que la médico de turno del COF evaluó a la señora Chinchilla Sandoval, indicando lo siguiente: “hiperglicemia, hipertensión arterial, retención de líquidos, descartar fallo renal; descartar anemia” y, por otra parte, se habría comunicado vía telefónica con el Coordinador de Servicios Médicos para informarle del estado de salud de la señora Chinchilla, quien autorizó su salida a la emergencia del Hospital Roosevelt, en coordinación con la Subdirectora del Centro Penal. 89. El 8 de enero de 2004 el juez autorizó la salida de la señora Chinchilla para acudir a cita el 12 de enero de 2004 128. El 29 de enero de 2004 la señora Chinchilla solicitó autorización al juez para asistir a la Unidad Asistencial Centro del Parque en San Juan Sacatepequez ya que se estaría realizando una jornada ortopédica para personas de escasos recursos. Según se explicó, dicha solicitud la realizó en virtud de que “le realizaron radiografías en la cadera y fémur y no se le han pegado los huesos por la enfermedad que viene sufriendo y le ordenaron que tiene que usar una prótesis valorada en 13,000 quetzales”129. 125 Cfr. Centro de Orientación Femenino. Comunicación de la enfermera de turno a la Directora y SubDirectora del COF de 9 de octubre de 2003 (expediente de prueba, f. 729). 126 Cfr. Centro de Orientación Femenino. Comunicación de la médico del COF al Coordinador de Servicios Médicos del Sistema Penitenciario de 28 de octubre de 2003 (expediente de prueba, f. 2673). 127 Cfr. Certificación de Ejecutoria 429-96. Organismo Judicial. Of. 7º. Comunicación de la Directora del COF al Juez Segundo de Ejecución Penal de 28 de noviembre de 2003; y Decisión del Juez Segundo de Ejecución Penal de 1 de diciembre de 2003 (expediente de prueba, ff. 1248 y 1249). 128 Cfr. Certificación de Ejecutoria 429-96. Organismo Judicial. Of. 7°. Decisión del Juez Segundo de Ejecución Penal de 8 de enero de 2004 (expediente de prueba, f. 1253). 129 Cfr. Certificación de Ejecutoria 429-96. Organismo Judicial. Of. 7º. Comunicación de la Directora del COF al Juez Segundo de Ejecución Penal de 29 de enero de 2004 (expediente de prueba, f. 1258). 31

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