16
60.
La información allegada a la Corte durante la etapa de supervisión de
cumplimiento permite constatar que, con posterioridad a la emisión de su Sentencia, se
han dado avances en la investigación ante la jurisdicción penal ordinaria. En su
Sentencia de 11 de mayo de 2007 la Corte hizo notar, inter alia, que, habiendo
transcurrido 18 años de investigaciones por los hechos de la masacre, solamente habían
sido condenados 6 miembros del grupo paramilitar “Los Masetos”, un directivo del grupo
paramilitar Asociación de Ganaderos y Campesinos del Magdalena Medio (en adelante
“ACDEGAM”) y un militar (quien era sargento), este último tan sólo por el delito de
encubrimiento12. Según la información allegada a la Corte, entre junio de 2007 y abril de
2010 se obtuvieron los siguientes resultados y actuaciones:
a) se condenó a dos personas a 40 años de pena privativa de libertad;
b) se emitieron resoluciones de acusación contra 6 personas;
c) se emitieron decisiones de vinculación a la investigación contra 4 personas (dos
ex paramilitares y dos “agentes del Estado”);
d) se resolvió la situación jurídica de tres personas (dos ex paramilitares y un
“agente del Estado”) y se les profirió detención preventiva por los delitos de
homicidio agravado múltiple y concierto para delinquir. No consta que la
detención se haya hecho efectiva;
e) se decidió continuar con la investigación contra un “ex agente del Estado” (ex
teniente Luis Enrique Andrade Ortiz), se libró orden de captura en su contra y se
celebró la audiencia pública de juzgamiento en su contra. El Estado no informó
por cuál delito se le estaría investigando. Según consta en la Sentencia, en 1989
se había decretado la cesación del procedimiento a su favor por el delito de
homicidio en la jurisdicción penal militar 13 y en enero de 2007 se le vinculó en la
investigación penal ordinaria por el delito de concierto para delinquir14;
f) se citó a rendir indagatoria a tres “ex agentes del Estado” (generales en retiro) y
a un ex congresista. Se recibió la indagatoria de uno de esos generales en retiro
y la del ex congresista. Ninguno de esos ex agentes del Estado había sido
vinculado formalmente a la investigación cuando la Corte dictó su Sentencia y se
había emitido una resolución inhibitoria respecto del referido ex congresista, y
g) se resolvió remitir la investigación a la Corte Suprema de Justicia para que
adelantara la actuación contra el referido ex congresista y “dos ex miembros de
la fuerza pública”. No consta que esta remisión se haya efectivamente realizado.
61.
Las anteriores actuaciones denotan que en los últimos tres años se ha condenado
a dos personas y se está investigando o juzgando aproximadamente a otras 14
personas, en su mayoría ex paramilitares y algunos ex agentes estatales. Asimismo, ello
denota que se han dado unos primeros pasos en investigar la participación de altos
mandos militares y otros agentes estatales; sin embargo, no se han proferido sentencias
condenatorias contra ningún ex agente estatal. Si bien se han dado avances en la
investigación y sanción, es preciso que el Estado continúe investigando con la mayor
debida diligencia posible para lograr la determinación de todos los responsables por la
masacre de La Rochela. Al respecto, resulta necesario recordar la gravedad de los
delitos cometidos en este caso, que implicaron una compleja estructura de personas
involucradas en el planeamiento y ejecución del crimen15. En el proceso ante la Corte el
propio Estado reconoció que por lo menos cuarenta miembros del grupo paramilitar “Los
Masetos”, contando con la cooperación y aquiescencia de agentes estatales, inicialmente
12
13
14
15
Cfr.
Cfr.
Cfr.
Cfr.
Caso
Caso
Caso
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de
de
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de
la
la
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Masacre
Masacre
Masacre
Masacre
de
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la
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Rochela
Rochela
Rochela
Rochela
Vs.
Vs.
Vs.
Vs.
Colombia,
Colombia,
Colombia,
Colombia,
supra
supra
supra
supra
nota
nota
nota
nota
6,
6,
6,
6,
párr.
párr.
párr.
párr.
159.
201.
202.
158.