-69de las presuntas víctimas “es imputable a hechos sobre los cuales [el Estado]
no tuvo intervención directa”.
Consideraciones de la Corte
111.
El artículo 5 de la Convención Americana establece que:
1.
moral.
Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y
2.
Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o
degradantes. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la
dignidad inherente al ser humano.
[…]
112. Los familiares de Ernestina y Erlinda han vivido durante años con un
sentimiento de desintegración familiar, inseguridad, frustración, angustia e
impotencia ante la abstención de las autoridades judiciales de investigar los hechos
denunciados diligentemente y en un plazo razonable, y de adoptar cualquier otro tipo
de medida dirigida a determinar el paradero de Ernestina y Erlinda. El sufrimiento
de los familiares de Ernestina y Erlinda se ha visto agravado debido a que inclusive
han tenido que afrontar que, a partir de que el caso fue sometido al conocimiento de
la Corte Interamericana, la investigación penal ante el Juzgado de Primera Instancia
de Chalatenango se encontró dirigida principalmente a brindar ayuda al Estado en su
defensa en el proceso internacional ante la Corte y no a investigar los hechos
denunciados en el proceso penal, y debido a que el fiscal y la jueza al parecer
orientaron la indagación a la realización de actuaciones relacionadas con la
determinación de la existencia e identidad de las presuntas víctimas y no con el
delito que era objeto del proceso (supra párr. 99). Los familiares de Ernestina y
Erlinda han visto durante años cómo otras familias han reencontrado a familiares
desaparecidos durante el conflicto armado, fundamentalmente debido a la búsqueda
realizada por la Asociación Pro-Búsqueda, pero su familia no ha recibido la ayuda
estatal para lograrlo. Al respecto, todos los jóvenes que desaparecieron durante al
operativo militar denominado la “guinda de mayo” de 1982 que ha encontrado la
Asociación Pro-Búsqueda fueron localizados con vida (supra párr. 48.8).
113. Dicha falta de investigación respecto de lo sucedido a Ernestina y Erlinda y la
determinación de su paradero ha sido y sigue siendo una fuente de sufrimiento para
sus familiares, quienes han mantenido la esperanza de encontrarlas con vida y lograr
un reencuentro familiar. Al respecto, la perito Ana Deutsch indicó que la
incertidumbre de los familiares de no saber dónde se encuentran Ernestina y Erlinda
“se exacerbó cuando, después de terminada la guerra[,] la familia renovó la
búsqueda con la ayuda de instituciones […] y no hub[o] resultados que aclararan el
paradero de ellas. Con el correr de los años el impacto traumático se hizo más
severo. […] Se desarrolló una espiral de eventos que llevaban a la frustración y
dieron lugar a una exacerbación o empeoramiento de la condición emocional de cada
uno”. Por ejemplo, Suyapa Serrano Cruz, hermana de Ernestina y Erlinda, en su
testimonio rendido ante la Corte durante la audiencia pública, manifestó que para
ella y su familia “significaría mucho” encontrar a Ernestina y Erlinda, que a pesar de
que “las heridas ya no se curan”, sentirían “una felicidad”, dado que han habido
“muchos casos de niños que se reencuentran” con sus familias y desea que eso
suceda con sus hermanas (supra párr. 36). El señor José Fernando Serrano Cruz,
hermano de Ernestina y Erlinda, en su declaración jurada de 19 de agosto de 2004,