RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS*
DE 4 DE JULIO DE 2006
SOLICITUD DE MEDIDAS PROVISIONALES PRESENTADA POR LA
COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
RESPECTO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CASO DE LA FUNDACIÓN DE ANTROPOLOGÍA
FORENSE DE GUATEMALA
VISTO:
1.
El escrito de 10 de abril de 2006 y sus anexos, mediante los cuales la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la
Comisión”) sometió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte” o
“el Tribunal”), de conformidad con los artículos 63.2 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”) y 25 del Reglamento de la
Corte (en adelante “el Reglamento”), una solicitud de medidas provisionales, con el propósito de
que el Estado de Guatemala (en adelante “el Estado” o “Guatemala”) adopte las medidas
necesarias para proteger la vida y la integridad personal de los miembros de la Fundación de
Antropología Forense de Guatemala (en adelante “la Fundación” o “la FAFG”) y los familiares de
su Director Ejecutivo, el señor Fredy Armando Peccerelli Monterroso.
2.
Los supuestos hechos en que se fundamenta la solicitud de medidas provisionales
presentada por la Comisión, a saber que:
a.
la FAFG es una institución no lucrativa, no gubernamental, de carácter científico que realiza
investigaciones antropológico forenses objetivas e imparciales de muertes sospechosas (individuales o
masivas) utilizando la arqueología y antropología física y social. Actualmente trabajan en la Fundación
61 personas;
El Juez Oliver Jackman informó al Tribunal que, por motivos de fuerza mayor, no podía estar presente en la
deliberación de la presente Resolución.
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