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RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 25 DE NOVIEMBRE DE 2005• ••
SOLICITUD DE MEDIDAS PROVISIONALES PRESENTADA POR
LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
RESPECTO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
CASO JORGE CASTAÑEDA GUTMAN
VISTO:
1.
El escrito de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante
“la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) de 15 de noviembre de 2005 y sus
anexos, mediante los cuales sometió a la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) una
solicitud de medidas provisionales, de conformidad con los artículos 63.2 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención” o “la
Convención Americana”), 25 del Reglamento de la Corte (en adelante “el
Reglamento”) y 74 del Reglamento de la Comisión, con el propósito de que los
Estados Unidos Mexicanos (en adelante “el Estado” o “México”) adopte “las acciones
necesarias para la inscripción de la candidatura del señor Jorge Castañeda Gutman a
la Presidencia de la República mientras la [Comisión Interamericana] decide acerca
de la admisibilidad y el fondo de la petición presentada por éste sobre la [presunta]
violación de varios derechos protegidos en la Convención Americana, incluidos los
derechos políticos y el derecho a la igualdad ante la ley”.
2.
Los supuestos hechos en que se fundamenta la solicitud de medidas
provisionales presentada por la Comisión, a saber que:
a) el 5 de marzo de 2004 el señor Jorge Castañeda Gutman presentó en la
oficina del Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto
Federal Electoral (en adelante “IFE”) una solicitud de registro de su candidatura
al cargo de elección popular de Presidente de México. En dicha solicitud el señor
Castañeda incluyó la información y documentación que acreditaba, a su parecer,
el cumplimiento de los requisitos constitucionales para ser candidato a la
Presidencia de su país;
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El Juez Sergio García Ramírez, de nacionalidad mexicana, cedió la Presidencia de la
Corte Interamericana para el conocimiento de la presente solicitud de medidas provisionales al
Vicepresidente del Tribunal, Juez Alirio Abreu Burelli, de conformidad con el artículo 4.3 del
Reglamento de la Corte. Asimismo, el Juez García Ramírez se excusó de participar en la
deliberación y firma de la presente solicitud de medidas provisionales, de conformidad con los
artículos 19 del Estatuto de la Corte y 19.1 del Reglamento, mediante comunicación dirigida al
Juez Alirio Abreu Burelli, el día 21 de noviembre de 2005.
••
El Juez Diego García-Sayán no pudo participar, por razones de fuerza mayor, en la
deliberación y firma de la presente Resolución.
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