22 de octubre de 2015 REF.: Caso No. 12.462 Nelson Carvajal Carvajal y familia Colombia Señor Secretario: Tengo el agrado de dirigirme a usted en nombre de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con el objeto de someter a la jurisdicción de la Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos, el caso 12.462 – Nelson Carvajal Carvajal y familia respecto de la República de Colombia (en adelante “el Estado”, “el Estado colombiano” o “Colombia”). El presente caso se relaciona con el asesinato del periodista Nelson Carvajal Carvajal por motivos relacionados con el ejercicio su profesión, la falta de una investigación seria, diligente y oportuna sobre lo sucedido, en un contexto de graves amenazas y hostigamiento a los familiares del periodista que provocaron su salida de Colombia. En su informe de fondo, la Comisión determinó que existían elementos de convicción suficientes y consistentes– en particular de aquellos manejados por los propios órganos estatales encargados de la investigación y proceso penal– para concluir que el asesinato de Nelson Carvajal Carvajal fue cometido para silenciar su trabajo como periodista en la revelación de actos ilícitos cometidos bajo el amparo de autoridades locales, y que existían una serie de indicios sobre la participación de agentes estatales en estos hechos que no fueron investigados con la debida diligencia. El incumplimiento de la obligación de debida diligencia en la conducción de las acciones de investigación se manifestó en la falta de adopción de las medidas necesarias de protección ante las amenazas contra familiares de Nelson Carvajal y testigos que se presentaron durante las investigaciones, la ausencia de procedimientos adecuados en la recaudación de pruebas, la demora injustificada e inexistencia de avances sustanciales en las investigaciones, así como la ineficacia del proceso penal para la determinación de todos los responsables. La Comisión estimó que las reiteradas amenazas y hostigamientos a testigos y familiares de la víctima, sumadas a la falta de medidas de protección y de garantías de investigación independiente, tuvieron un efecto amedrentador e intimidante para que los familiares de Nelson Carvajal desistieran de participar como querellantes en el proceso y configuraron obstrucciones en las investigaciones y en los procesos penales llevados a cabo. Al respecto, la Comisión determinó que estos hechos afectaron la integridad psíquica y moral de los familiares, quienes a más dieciséis años de los hechos, no han podido conocer la verdad sobre lo ocurrido y no han encontrado justicia. Finalmente, la CIDH estimó que la salida del país de los familiares de Nelson Carvajal Carvajal fue consecuencia de las amenazas sufridas, la falta de protección estatal y la impunidad que ha caracterizado este caso, imputables al Estado. Señor Pablo Saavedra Alessandri, Secretario Corte Interamericana de Derechos Humanos Apartado 6906-1000 San José, Costa Rica

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