RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021
CASO GUZMÁN ALBARRACÍN Y OTRAS VS. ECUADOR
SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA
VISTO:
1.
La Sentencia de fondo, reparaciones y costas dictada por la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 24
de junio de 20201. La Corte, tomando en cuenta el reconocimiento parcial de responsabilidad
internacional efectuado por la República del Ecuador (en adelante “el Estado” o “Ecuador”),
declaró su responsabilidad por las violaciones de los derechos a la vida, a la integridad
personal, a la protección de la honra y de la dignidad, y a la educación en perjuicio de la
adolescente Paola del Rosario Guzmán Albarracín, así como por el incumplimiento de las
obligaciones de prevenir actos de violencia contra la mujer y abstenerse de realizarlos, todo
ello por los hechos de violencia sexual sufrida en el ámbito educativo estatal, cometida por el
Vicerrector del colegio al que asistía y tolerada por la institución educativa, y que tuvo relación
con el suicidio de la niña. La Corte explicó que, en las circunstancias del caso se produjo el
abuso de una relación de poder y confianza, por haber sido los actos sexuales cometidos por
una persona que tenía un deber de cuidado dentro del ámbito escolar. Además, el Tribunal
declaró que la situación a la que fue sometida la adolescente de 14 años por un período
superior a un año, incluyó acoso, abuso y acceso carnal por el Vicerrector de su colegio, lo
que significó el ejercicio de graves actos de violencia sexual y conllevó a discriminación en
forma interseccional, en la que confluyeron distintos factores de vulnerabilidad y riesgo de
discriminación, como la edad y el género, y se enmarcó en una situación estructural. La Corte
constató la tolerancia de las autoridades estatales a la discriminación y lesión, y que incluso,
cuando conocieron el riesgo de muerte de Paola, no adoptaron acciones diligentes para su
atención médica inmediata. Asimismo, este Tribunal concluyó que el Estado es responsable,
en perjuicio de la madre y la hermana de Paola, Petita Paulina Albarracín Albán y Denisse
Selena Guzmán Albarracín, por la violación de los derechos a las garantías judiciales y la
Debido a las circunstancias excepcionales ocasionadas por la pandemia COVID-19, esta Resolución fue
deliberada y aprobada durante el 144 Período Ordinario de Sesiones, el cual se llevó a cabo de forma no presencial
utilizando medios tecnológicos de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Corte. El Juez L. Patricio
Pazmiño Freire, Vicepresidente de la Corte, de nacionalidad ecuatoriana, no participó en la deliberación y firma de la
presente Sentencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19.2 del Estatuto y 19.1 del Reglamento de la
Corte.
1
Cfr. Caso Guzmán Albarracín y Otras Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos de 24 de junio de 2020. Serie C No. 405. El texto íntegro de la Sentencia se
encuentra disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_405_esp.pdf. La Sentencia se
notificó el 14 de agosto de 2020.
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