RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021 CASO GUZMÁN ALBARRACÍN Y OTRAS VS. ECUADOR SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de fondo, reparaciones y costas dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 24 de junio de 20201. La Corte, tomando en cuenta el reconocimiento parcial de responsabilidad internacional efectuado por la República del Ecuador (en adelante “el Estado” o “Ecuador”), declaró su responsabilidad por las violaciones de los derechos a la vida, a la integridad personal, a la protección de la honra y de la dignidad, y a la educación en perjuicio de la adolescente Paola del Rosario Guzmán Albarracín, así como por el incumplimiento de las obligaciones de prevenir actos de violencia contra la mujer y abstenerse de realizarlos, todo ello por los hechos de violencia sexual sufrida en el ámbito educativo estatal, cometida por el Vicerrector del colegio al que asistía y tolerada por la institución educativa, y que tuvo relación con el suicidio de la niña. La Corte explicó que, en las circunstancias del caso se produjo el abuso de una relación de poder y confianza, por haber sido los actos sexuales cometidos por una persona que tenía un deber de cuidado dentro del ámbito escolar. Además, el Tribunal declaró que la situación a la que fue sometida la adolescente de 14 años por un período superior a un año, incluyó acoso, abuso y acceso carnal por el Vicerrector de su colegio, lo que significó el ejercicio de graves actos de violencia sexual y conllevó a discriminación en forma interseccional, en la que confluyeron distintos factores de vulnerabilidad y riesgo de discriminación, como la edad y el género, y se enmarcó en una situación estructural. La Corte constató la tolerancia de las autoridades estatales a la discriminación y lesión, y que incluso, cuando conocieron el riesgo de muerte de Paola, no adoptaron acciones diligentes para su atención médica inmediata. Asimismo, este Tribunal concluyó que el Estado es responsable, en perjuicio de la madre y la hermana de Paola, Petita Paulina Albarracín Albán y Denisse Selena Guzmán Albarracín, por la violación de los derechos a las garantías judiciales y la Debido a las circunstancias excepcionales ocasionadas por la pandemia COVID-19, esta Resolución fue deliberada y aprobada durante el 144 Período Ordinario de Sesiones, el cual se llevó a cabo de forma no presencial utilizando medios tecnológicos de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Corte. El Juez L. Patricio Pazmiño Freire, Vicepresidente de la Corte, de nacionalidad ecuatoriana, no participó en la deliberación y firma de la presente Sentencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19.2 del Estatuto y 19.1 del Reglamento de la Corte. 1 Cfr. Caso Guzmán Albarracín y Otras Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de junio de 2020. Serie C No. 405. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_405_esp.pdf. La Sentencia se notificó el 14 de agosto de 2020. * -1-

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