21 81. El 24 de enero de 2007 la agente fiscal informó al Coordinador de la Secretaria de Coordinación Técnica del Ministerio Público los hechos investigados en el caso, así como las investigaciones pendientes de realizar. Además, se puso en conocimiento que “está en trámite un Procedimiento Especial de Averiguación a favor de la Licenciada Mayra Angelina Gutiérrez […] ante la Corte Suprema de Justicia” y que el “Procurador de los Derechos Humanos en su oportunidad solicitó orden de aprehensión en contra del señor [A]”91. El 17 de agosto del 2007 declaró el señor C ante la agente fiscal92. 82. El 19 de septiembre de 2007 la agente fiscal puso en conocimiento al Jefe Administrativo del Ministerio Público que su fiscalía se encontraba “tramitando ordenes de exhumación de los cadáveres femeninos XX, inhumados en el año 2001”, a fin de determinar si “correspond[ía] algún[o] a la Licenciada Gutiérrez”. Además, manifestó que el 13 de septiembre de 2007, “en el Departamento de Jutiapa, se practicó la primera exhumación”93. 83. El 9 de septiembre de 2009 la Fiscalía Distrital Metropolitana se reorganizó, motivo por el cual se realizó una distribución de expedientes 94. 84. El 22 de septiembre de 2009 la agente fiscal de la Agencia 1 de la Unidad de Delitos Patrimoniales indicó a la Secretaria de Coordinación Técnica del Ministerio Público que el expediente del caso se encontraba en dicha Fiscalía, pero debía ser conocido por la Fiscalía Especial de Derechos Humanos, “quienes además cuentan con el personal y la capacidad para hacer una mejor investigación por el poco volumen de expedientes con que cuenta, y […] se investig[a] conjuntamente con la Procuraduría de los Derechos Humanos”. Por tal motivo, “solicit[ó] su anuencia para trasladar los mismos a la Fiscalía de Derechos Humanos[,] o a la fiscalía […] pertinente”95. 85. El 23 de diciembre de 2009 la agente fiscal indicó a la Secretaria de Coordinación Técnica del Ministerio Público que “la Lic. Gutiérrez Hernández fue integrante del movimiento guerrillero y algunos miembros de su familia fallecieron durante el conflicto armado interno”. Agregó también que “[l]a investigación se realiza dentro de un procedimiento especial de averiguación […] y siendo que la Fiscalía de Derechos Humanos, negó el traslado del expediente en mención, […] planteo ante su persona conflicto de jurisdicción, toda vez que la Fiscalía de Delitos Patrimoniales consideró que no es competente para conocer de dicho proceso”96. 86. En respuesta a una consulta realizada el 17 de marzo de 2016 por la auxiliar fiscal de la Fiscalía de Distrito Metropolitano, en cuanto a si durante el curso de la investigación llevada a cabo se había formulado alguna denuncia o queja administrativa en contra de algún empleado, el 18 de marzo de 2016 la Supervisora General del Ministerio Público manifestó que “no existen denuncias interpuestas por el diligenciamiento del expediente […] ni en contra de las personas que lo han tenido a su cargo” 97. 87. El 28 de marzo de 2016 la agente fiscal informó a la Secretaría Privada y de Asuntos Estratégicos del Ministerio Público que el expediente de la desaparición se encontraba en estatus de investigación y explicó las hipótesis desarrolladas durante la misma. También señaló que “se ha solicitado un informe migratorio del señor [A], en donde se establece que no ha salido del país desde el año 1999, pero no se descarta que actualmente haya salido del país de manera ilegal”98. 91 Escrito de la agente fiscal de 24 de enero de 2007 (expediente de prueba, folio 6481). Cfr. Declaración del señor C de 17 de agosto de 2007 (expediente de prueba, folios 3723 a 3725). 93 Escrito de la agente fiscal de 19 de septiembre de 2007 (expediente de prueba, folio 3472). 94 Cfr. Circular No. 43-2009 de 9 de septiembre de 2009 (expediente de prueba, folios 3797 a 3800). 95 Escrito remitido por la agente fiscal de 22 de septiembre de 2009 (expediente de prueba, folio 3838). 96 Escrito remitido por la agente fiscal de 23 de diciembre de 2009 (expediente de prueba, folio 3843). 97 Escrito remitido por la Supervisora General del Ministerio Público de 18 de marzo de 2016 (expediente de prueba, folio 5136). 98 Información remitida por la agente fiscal de 28 de marzo de 2016 (expediente de prueba, folios 5318 a 5139). 92

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