INFORME No. 239/19
CASO 12.508
INFORME DE FONDO
OSCAR IVAN TABARES TORO
COLOMBIA
6 de diciembre de 2019
I.
INTRODUCCIÓN
1. El 18 de noviembre de 2002 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión
Interamericana”, “la Comisión” o “la CIDH”) recibió una petición presentada por el Grupo Interdisciplinario por
los Derechos Humanos (GIDH) y la Comisión Colombiana de Juristas (en adelante “la parte peticionaria”) en la
cual se alega la responsabilidad internacional de la República de Colombia (en adelante “el Estado colombiano”,
“el Estado” o “Colombia”) por la presunta desaparición forzada de Oscar Iván Tabares Toro y la posterior falta
de investigación de los hechos y esclarecimiento de las circunstancias relativas a su desaparición, en perjuicio
del desaparecido y sus familiares, sus padres Oscar de Jesús Tabares y María Elena Toro Torres y sus hermanos
Jhon Fredy Tabares Giraldo, Leidy Julieth Gallego Toro, María Bibiancy Tabares Toro y María Isabel Gallego
Toro, (en adelante “las presuntas víctimas”).
2. La Comisión aprobó el informe de admisibilidad No. 73/05 el 13 de octubre de 20051. El 1 de noviembre
de 2005 la Comisión notificó dicho informe a las partes. Tanto los peticionarios como el Estado manifestaron
en el año 2006 su voluntad de iniciar un procedimiento de solución amistosa. Sin embargo, al no haberse
concretado un acuerdo, el 10 de septiembre de 2010 la parte peticionaria informó a la CIDH su intención de
dar por terminado el procedimiento. En consecuencia, la Comisión continuó con el trámite del caso otorgando
nuevamente a ambas partes los plazos reglamentarios para presentar sus observaciones adicionales sobre el
fondo. Ambas partes presentaron observaciones sobre el fondo. Toda la información recibida fue debidamente
trasladada entre las partes.
II. ALEGATOS DE LAS PARTES
A. Parte peticionaria
3. La parte peticionaria alega que Oscar Iván Tabares Toro, nacido el 3 de enero de 1974 y originario de
Eliconia, Antioquia, luego de prestar servicio militar obligatorio se vinculó al Ejercito Nacional colombiano
como soldado voluntario en 1994. En diciembre de 1997, se desempeñaba como soldado profesional, adscrito
a la Brigada Móvil No. 1, Batallón de Contraguerrillas No. 20, Compañía “Tigre”, Sección “Gil Alfa”, de la Escuela
de Artillería General. El 28 de diciembre de ese año, el soldado Oscar Tabares desapareció en horas de la noche
en extrañas circunstancias cuando se encontraba acampando con la compañía a la que pertenecía en la vereda
Toledo del municipio de San Juanito, departamento del Meta. La peticionaria destaca que Oscar era un soldado
cumplidor de sus deberes, orgulloso de realizar una carrera en la institución castrense y el principal sostén
económico de su familia.
4. Conforme a lo descrito por la peticionaria, entre septiembre y octubre de 1997 Oscar Tabares visitó a su
familia en Medellín por última vez y le comentó a su madre, María Elena Toro, que tenía problemas con el
comandante de su Patrulla, el Teniente Iván Ramiro Rodríguez Piza, quien lo hostigaba permanentemente. El 1
de noviembre, Oscar Iván se comunicó telefónicamente con su madre y le comentó que debía comprar una
carpa nueva porque el Teniente Rodríguez le había tirado una vela prendida a la suya y la había quemado. El
14 de diciembre de 1997, cuando se comunicaron por última vez, Oscar Iván le comentó a su madre que iban a
San Juanito, departamento del Meta, pero que tenía ganas de retirarse del ejército por el maltrato que él y sus
compañeros recibían del Teniente Rodríguez. Sin obtener noticias de su hijo, la señora Toro trató en vano de
CIDH. Informe No. 73/05. Caso No. 12.508. Oscar Iván Tabares Toro. Colombia. 13 de octubre de 2005. Se declaró admisible la petición
en relación con los derechos consagrados en los artículos 1.1, 3, 4, 5, 7, 8 y 25 de la Convención Americana.
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