INFORME No. 239/19 CASO 12.508 INFORME DE FONDO OSCAR IVAN TABARES TORO COLOMBIA 6 de diciembre de 2019 I. INTRODUCCIÓN 1. El 18 de noviembre de 2002 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana”, “la Comisión” o “la CIDH”) recibió una petición presentada por el Grupo Interdisciplinario por los Derechos Humanos (GIDH) y la Comisión Colombiana de Juristas (en adelante “la parte peticionaria”) en la cual se alega la responsabilidad internacional de la República de Colombia (en adelante “el Estado colombiano”, “el Estado” o “Colombia”) por la presunta desaparición forzada de Oscar Iván Tabares Toro y la posterior falta de investigación de los hechos y esclarecimiento de las circunstancias relativas a su desaparición, en perjuicio del desaparecido y sus familiares, sus padres Oscar de Jesús Tabares y María Elena Toro Torres y sus hermanos Jhon Fredy Tabares Giraldo, Leidy Julieth Gallego Toro, María Bibiancy Tabares Toro y María Isabel Gallego Toro, (en adelante “las presuntas víctimas”). 2. La Comisión aprobó el informe de admisibilidad No. 73/05 el 13 de octubre de 20051. El 1 de noviembre de 2005 la Comisión notificó dicho informe a las partes. Tanto los peticionarios como el Estado manifestaron en el año 2006 su voluntad de iniciar un procedimiento de solución amistosa. Sin embargo, al no haberse concretado un acuerdo, el 10 de septiembre de 2010 la parte peticionaria informó a la CIDH su intención de dar por terminado el procedimiento. En consecuencia, la Comisión continuó con el trámite del caso otorgando nuevamente a ambas partes los plazos reglamentarios para presentar sus observaciones adicionales sobre el fondo. Ambas partes presentaron observaciones sobre el fondo. Toda la información recibida fue debidamente trasladada entre las partes. II. ALEGATOS DE LAS PARTES A. Parte peticionaria 3. La parte peticionaria alega que Oscar Iván Tabares Toro, nacido el 3 de enero de 1974 y originario de Eliconia, Antioquia, luego de prestar servicio militar obligatorio se vinculó al Ejercito Nacional colombiano como soldado voluntario en 1994. En diciembre de 1997, se desempeñaba como soldado profesional, adscrito a la Brigada Móvil No. 1, Batallón de Contraguerrillas No. 20, Compañía “Tigre”, Sección “Gil Alfa”, de la Escuela de Artillería General. El 28 de diciembre de ese año, el soldado Oscar Tabares desapareció en horas de la noche en extrañas circunstancias cuando se encontraba acampando con la compañía a la que pertenecía en la vereda Toledo del municipio de San Juanito, departamento del Meta. La peticionaria destaca que Oscar era un soldado cumplidor de sus deberes, orgulloso de realizar una carrera en la institución castrense y el principal sostén económico de su familia. 4. Conforme a lo descrito por la peticionaria, entre septiembre y octubre de 1997 Oscar Tabares visitó a su familia en Medellín por última vez y le comentó a su madre, María Elena Toro, que tenía problemas con el comandante de su Patrulla, el Teniente Iván Ramiro Rodríguez Piza, quien lo hostigaba permanentemente. El 1 de noviembre, Oscar Iván se comunicó telefónicamente con su madre y le comentó que debía comprar una carpa nueva porque el Teniente Rodríguez le había tirado una vela prendida a la suya y la había quemado. El 14 de diciembre de 1997, cuando se comunicaron por última vez, Oscar Iván le comentó a su madre que iban a San Juanito, departamento del Meta, pero que tenía ganas de retirarse del ejército por el maltrato que él y sus compañeros recibían del Teniente Rodríguez. Sin obtener noticias de su hijo, la señora Toro trató en vano de CIDH. Informe No. 73/05. Caso No. 12.508. Oscar Iván Tabares Toro. Colombia. 13 de octubre de 2005. Se declaró admisible la petición en relación con los derechos consagrados en los artículos 1.1, 3, 4, 5, 7, 8 y 25 de la Convención Americana. 1 1

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