comunicarse con él por celular entre el 29 de diciembre de 1997 y el 6 de enero de 1998, cuando finalmente
logró comunicarse con un compañero de su hijo, el soldado Devis Guanay, quien le sugirió que se comunicara
con la Escuela de Artillería. En dicha conversación la señora Toro alcanzó a escuchar que alguien le decía a su
interlocutor: “dígale la verdad”.
5. La peticionaria alega además que el 7 de enero de 1998, los familiares de Oscar Tabares concurrieron a la
Cuarta Brigada de Medellín a requerir información y allí les indicaron que Oscar Iván le había lanzado una
granada al Teniente Rodríguez y había huido. Al día siguiente viajaron a Bogotá a la Escuela de Artillería
General, donde fueron atendidos por el Capitán Kell Soler Linares, reemplazante del Coronel Germán Galvis,
quien les reiteró la información recibida en Medellín. Ese mismo día la señora Toro presentó una denuncia por
desaparición en la Estación de Policía Tisquesusa de Bogotá.
6. Asimismo, la parte peticionaria indica que, entre el 12 y el 20 de enero de 1998, la madre de Oscar Tabares
recibió información de distintos soldados que apuntaban a que su hijo había sido asesinado. Al parecer, luego
de una explosión de granada, Oscar Tabares tuvo una fuerte discusión con sus superiores, el teniente Rodríguez
y el Cabo Ernesto Rodríguez Rojas, luego hubo un enfrentamiento físico entre ellos y se oyeron unos disparos.
El 19 de enero de 1998 la madre del soldado Tabares presentó una queja disciplinaria contra el Ejército
Nacional ante la Procuraduría Departamental de Antioquia. Luego de muchos intentos por obtener información
y colaboración por parte de la justicia militar en la búsqueda de su hijo, y en base a la información recibida de
otras fuentes, el 16 de marzo de 1998, la señora Toro concurrió con familiares a San Juanito Meta, donde
algunos campesinos le indicaron dónde había acampado el ejército, allí encontró restos de una carpa militar
con manchas, aparentemente de sangre, perforada por esquirlas, la ropa interior de su hijo y un medicamento
que éste tomaba.
7. Sin embargo, la parte peticionaria alega que funcionarios del ejército insistían en que, antes de huir el 28
de diciembre de 1997, el soldado Tabares había lanzado una granada que detonó en la carpa en la que dormía
el teniente Rodríguez y el Cabo Ernesto Rodríguez Rojas, aun cuando reconocían que ambos resultaron ilesos.
Si bien el Coronel Galvis habría afirmado que el Batallón de Contra Guerrilla No. 20 había emprendido una
búsqueda intensiva con patrullajes y avisos radiales en la zona rural de San Juanito Meta, el Coronel Ismael
Silva Masmela les dijo que no estaban buscando a Oscar Tabares, pues había dejado el armamento y el uniforme
completo. Además, uno de los Comandantes de la Compañía Tigre les indicó que compañeros de Oscar habrían
hecho alusión a su presunta adicción a drogas alucinógenas y a su pertenencia a milicias de Medellín, a las que
se habría unido al huir, asegurando que en su equipo de campaña se habían encontrado residuos de marihuana.
En base a los hechos y las alegaciones del ejército, se iniciaron acciones disciplinarias en contra de Oscar
Tabares y la Justicia Penal Militar lo procesó por el delito de tentativa de homicidio, pero en diciembre del año
2006 fue absuelto por falta de pruebas en su contra.
8. La parte peticionaria alega que, debido a las diversas acciones emprendidas en la búsqueda de Oscar
Tabares, sus familiares se han sentido amenazados y amedrentados por el ejército. Asimismo, indica que
recibieron información de que 7 compañeros y amigos cercanos a Oscar Iván habían sido dados de baja del
ejército. Varios soldados y sus familias dieron información sobre lo sucedido, pero, al igual que los familiares
del soldado Tabares, eran amenazados y amedrentados. En cuanto a los avances en las investigaciones relativas
a la desaparición de Oscar Tabares, conforme a la última información aportada por la parte peticionaria en el
año 2017, el proceso iniciado en contra de los militares Iván Rodríguez Pizza, Ernesto Rodríguez Rojas y Ramiro
Henao Sánchez, se encontraba aún en etapa de instrucción, la que estaba absolutamente estancada por falta de
una Fiscalía que llevara adelante la investigación.
9. Con fundamento en los hechos antes descritos, la parte peticionaria alega que el Estado colombiano ha
vulnerado los derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (“Convención
Americana” o “Convención”) al reconocimiento de la personalidad jurídica (art. 3), a la vida (art. 4), a la
integridad personal (art. 5.1), a la libertad personal (art. 7), a las garantías judiciales y protección judicial (art.
8.1 y art. 25), en perjuicio de Oscar Iván Tabares Toro y los derechos consagrados en los artículos 5, 8.1, 25 y
13, en perjuicio de sus familiares, todo ello en relación con su obligación de respetar los derechos y libertades
reconocidos en la Convención, conforme al artículo 1.1 de la misma.
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