21 de septiembre de 2016 REF.: Caso Nº 11.550 Maurilia Coc Max y Otros (Masacre de Xaman) Guatemala Señor Secretario: Tengo el agrado de dirigirme a usted, en nombre de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con el objeto de someter a la jurisdicción de la Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Caso Nº 11.550 – Maurilia Coc Max y otros (Masacre de Xaman) respecto de la República de Guatemala (en adelante “el Estado”, “el Estado de Guatemala”, “el Estado guatemalteco” o “Guatemala”), relacionado con la masacre perpetrada por miembros de las Fuerzas Armadas de Guatemala el 5 de octubre de 1995 en contra de once personas, incluyendo tres niños, que formaban parte de la población indígena q’eqchi’, mam, q’anjob’al y ixil y k’iche que ocupaba la finca Xaman tras haber estado refugiada en México como consecuencia de las graves violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado interno. En los mismos hechos, 29 personas resultaron heridas, tres de las cuales fallecieron posteriormente debido a las heridas causadas. En cuanto a las investigaciones realizadas, la Comisión determinó que mientras el caso estuvo bajo conocimiento de la justicia penal militar, el Estado incumplió con su obligación de investigar de manera independiente e imparcial. Asimismo, la Comisión determinó que si bien las autoridades judiciales de Guatemala condenaron a catorce miembros de las Fuerzas Armadas por los hechos referidos, a lo largo del proceso que llevó a esta conclusión, se configuraron deficiencias e irregularidades que constituyeron violaciones del deber de investigar con la debida diligencia y en un plazo razonable. La Comisión también concluyó que el Estado incumplió su obligación de remover los obstáculos generados por las amenazas y hostigamientos en contra de diversos actores en el proceso. Finalmente, la Comisión determinó que los hechos constituyeron una expresión de la discriminación racial ejercida contra el pueblo maya durante el conflicto armado en Guatemala. El Estado guatemalteco ratificó la Convenció n Americana sobre Derechos Humanos el 25 de mayo de 1978 y aceptó la competencia contenciosa de la Corte Interamericana el 9 de marzo de 1987. La Comisión ha designado al Comisionado Enrique Gil Botero y al Secretario Ejecutivo Paulo Abrão, como sus delegados. Asimismo, Elizabeth Abi-Mershed, Secretaria Ejecutiva Adjunta, Silvia Serrano Guzmán y Erick Acuña Pereda, abogada y abogado de la Secretaría Ejecutiva, actuarán como asesoras y asesor legales. De conformidad con el artículo 35 del Reglamento de la Corte Interamericana, la Comisión adjunta copia del informe de admisibilidad y fondo 28/16 elaborado en observancia del artículo 50 de la Convención, así como copia de la totalidad del expediente ante la Comisión Interamericana (Apéndice I) y los anexos utilizados en la elaboración del informe 28/16 (Anexos).

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