4. Adoptar las medidas necesarias para evitar que en el futuro se produzcan hechos similares. Específicamente, desarrollar programas de formación para cuerpos de seguridad, jueces y fiscales, sobre la prohibición absoluta de actos de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes, así como las obligaciones derivadas de la regla de la exclusión. Asimismo, asegurar que las autoridades competentes estén debidamente capacitadas en cuanto a su obligación de iniciar, de oficio, investigaciones penales frente a denuncias o razón fundada sobre posibles actos de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes. Igualmente, fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas y asegurar su debida aplicación a los funcionarios a cargo del tratamiento de las personas privadas de libertad. Además de la necesidad de obtención de justicia, la Comisión destaca que el presente caso involucra cuestiones de orden público interamericano. La Comisión considera que el presente caso le permitirá a la Honorable Corte reiterar su jurisprudencia relativa a los fines que pueden sustentar la detención preventiva, la necesidad de revisión periódica y la efectividad de las solicitudes de excarcelación y los recursos de habeas corpus. Asimismo, la Corte podrá pronunciarse sobre la prohibición de tratos crueles, inhumanos y degradantes, su relación con la regla de exclusión de la prueba obtenida bajo coacción y el deber de investigar de oficio y con la debida diligencia toda denuncia o razón fundada de que pudo haber ocurrido un hecho de tortura. En virtud de que estas cuestiones afectan de manera relevante el orden público interamericano, de conformidad con el artículo 35.1 f) del Reglamento de la Corte Interamericana, la Comisión se permite solicitar a la Honorable Corte el traslado al presente caso del peritaje rendido ante fedatario público por parte de Mario Coriolano en el caso Herrera Espinoza y otros vs. Ecuador, resuelto mediante sentencia de 1 de septiembre de 2016. La Comisión pone en conocimiento de la Corte la siguiente información sobre quien ha actuado como parte peticionaria a lo largo del trámite del caso: Alejandro Ponce Villacís xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Aprovecho la oportunidad para saludar a usted muy atentamente, Firmado en el original Elizabeth Abi-Mershed Secretaria Ejecutiva Adjunta Anexo 3

Select target paragraph3