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10.
Requerir al Estado que informe a la Corte Interamericana de Derechos Humanos,
a más tardar el 29 de noviembre de 2021, sobre la situación de las personas identificadas
en el punto resolutivo 4, a la luz de las medidas adoptadas para dar cumplimiento a esta
decisión. Con posterioridad, el Estado deberá presentar un informe periódico cada mes
respecto de las medidas adoptadas de conformidad con esta decisión.
11.
Requerir a los representantes de los beneficiarios de las medidas provisionales y
a la Comisión Interamericana que presenten sus observaciones dentro de un plazo de
una y dos semanas, respectivamente, contadas a partir de la notificación del informe
que brinde el Estado.
12.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado,
a la Comisión Interamericana y a los representantes de los beneficiarios.
Corte IDH. Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Medidas
Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 22 de
noviembre de 2021.
Elizabeth Odio Benito
Presidenta
L. Patricio Pazmiño Freire
Eduardo Vio Grossi
Humberto Antonio Sierra Porto
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Eugenio Raúl Zaffaroni
Manrique
Ricardo C. Pérez
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Elizabeth Odio Benito
Presidenta
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario