188. El 16 de septiembre de 2004, la señora Andrade Salmón y otros procesados solicitaron la extinción de la acción penal por haber transcurrido más de 5 años desde su inicio, al amparo de la Sentencia Constitucional 0101/2004 de 14 de septiembre de 2004 y la Sentencia Complementaria Nro. 00792004-CA de 29 de septiembre de 2004, la cual fue rechazada por el Juzgado Primero de Partido en lo Penal Liquidador el 19 de abril de 2005, al considerar que la dilación del proceso no era atribuible a la autoridad judicial sino a la conducta de los procesados.237 Esta sentencia fue apelada y el 6 de febrero de 2006, la Sala Penal primera de la Corte Superior de Distrito confirmó la Resolución de 19 de abril de 2005.238 189. A 15 de mayo de 2006, todos los procesados habían prestado sus declaraciones confesorias y estaba pendiente de señalarse audiencia pública de apertura a debate, lo cual no había acontecido dado que estaban pendiente de resolverse algunos incidentes presentados por los imputados.239 El 5 de abril de 2007, la señora Andrade Salmón solicitó la cancelación de las medidas cautelares, lo cual fue considerado pertinente por auto interlocutorio Resolución Nº 54/2007 de 14 de noviembre de 2007, dejándose sin efecto todas las medidas cautelares impuestas en su contra.240 No obstante, a 30 de octubre de 2008 seguía vigente la orden de arraigo en contra de la señora Andrade Salmón.241 190. A 6 de mayo de 2009, el estado del proceso se encontraba en etapa de publicitar las pruebas literales de cargo y de descargo respectivamente, para luego ingresar a la fase de conclusiones.242 191. En febrero de 2012, los peticionarios indicaron que la señora Andrade Salmón había sido sobreseída y el proceso no se había reabierto hasta la fecha, por lo que no existía posibilidad de reabrirlo, es decir, el sobreseimiento se encontraba firme. 6. Caso Esin 192. Como antecedentes del caso, consta en el expediente que el Gobierno Municipal de La Paz convocó a licitación pública No. 2/97 la supervisión de los servicios de barrido y limpieza de vías urbanas y recolección de residuos sólidos en la ciudad de La Paz, adjudicándose estos servicios a la Empresa de Servicios Integrales ESIN S.R.L., con la cual la Alcaldía suscribió un contrato el 17 de octubre de 1997.243 El 2 de junio de 1998, el Concejo Municipal de La Paz adoptó una resolución en la que se homologó el convenio suscrito entre la Empresa de Servicios Integrales ESIN y el Alcalde Municipal de La Paz el 14 de mayo de 1998 para poner fin al contrato, con base en el informe de 4 de mayo de 1998 de las Comisiones Económica y Jurídica del Concejo Municipal en el que se estableció el incumplimiento de normas legales en el proceso de selección, calificación y adjudicación de la anterior empresa y, en el análisis económico de la Comisión Económica del Concejo que determino la existencia de un grave daño a la economía del Gobierno Municipal por el incremento de tarifas, el costo financiero que significaba y por la subvención a que se hallaba “reatada” 237 Anexo 85. Resolución Nro. 31/2005, Juzgado Primero de Partido en Lo Penal Liquidador de 19 de abril de 2005. Anexo al escrito de los peticionarios de 26 de marzo de 2006. 238 Anexo 91. Resolución No. 098/06 Sala Penal Primera de la Corte Superior de Distrito, 6 de febrero de 2006. Anexo al escrito del Estado del Estado de 29 de marzo de 2011. 239 Anexo 88. Juzgado Primero de Partido en Lo Penal Liquidador de La Paz, Remisión de Informe Cite: Nº 185/05 al Dr. Ricardo Alarcón Pozo, Presidente de la R. Corte Superior de Justicia de 15 de mayo de 2006. Anexo al escrito del Estado de 20 de julio de 2006. 240 Anexo 92. Corte Superior de Distrito. Señor Juez Primero de Partido en lo Civil en Suplencia Legal del Juzgado Primero de Partido en lo Penal Liquidador de 6 de mayo de 2009. Anexo al escrito del Estado de 29 de marzo de 2011. 241 Anexo 87. Ministerio de Gobierno, Servicio Nacional de Migración, Dirección Nacional de Migración, Certificado No. 11689/8 de 30 de octubre de 2008. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 14 de febrero de 2012. 242 Anexo 92. Corte Superior de Distrito. Señor Juez Primero de Partido en lo Civil en Suplencia Legal del Juzgado Primero de Partido en lo Penal Liquidador de 6 de mayo de 2009. Anexo al escrito del Estado de 29 de marzo de 2011. 243 Anexo 93. Resolución del Concejo Municipal de La Paz de 2 de junio de 1998, firmado por la señora Lupe Andrade Salmón, Presidente del Concejo Municipal de La Paz y el Lic. Mario Tapia Acosta, Secretario del Concejo Municipal de La Paz. Anexo al escrito del Estado de 14 de junio de 2004. 47

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