4 Peccerelli. En sus observaciones de 6 de noviembre de 2018, informó sobre la persistencia de la situación de riesgo de defensores y defensoras de derechos humanos en Guatemala de acuerdo con su Informe de 2017 sobre la Situación de los Derechos Humanos en Guatemala. Advirtió que se le preguntó al Director de la FAFG, en el marco de un interrogatorio en la sección de delitos administrativos sobre los procesos contra el ex Presidente José Efraín Ríos Montt y José Mauricio Rodríguez, si tenía algún resentimiento u odio hacia la profesión militar y si él o su padre habían pertenecido a algún grupo terrorista, guerrillero, fuerza armada rebelde, organización revolucionaria o partido político de izquierda. Según la Comisión, en un contexto de riesgo y polarización, sería importante asegurar que tales comparecencias no deslegitimen la labor de las personas defensoras y operadores o auxiliares de justicia, toda vez que declaraciones estigmatizantes podrían contribuir a exacerbar un clima de hostilidad y agravar la situación de riesgo. B.2. Consideraciones de la Corte 12. La Corte nota que, en el análisis realizado por el Departamento de Riesgo de la División de Protección de Personas y Seguridad de la Policía Nacional Civil los días 16 y 18 de diciembre de 2017, se determinó un nivel de riesgo medio para el señor Fredy Armando Peccerelli Monterroso y los demás miembros de la FAFG, y se recomendó la continuidad de medidas de protección. Asimismo, es relevante la “campaña de desprestigio, descalificación de su quehacer y odio en distintos medios” de la cual habría sido objeto la FAFG. En este sentido, el Tribunal resalta la persecución penal emprendida por el Ministerio Público de Guatemala en contra de ex militares y presuntos responsables de la muerte de personas exhumadas por la FAFG, casos en los cuales las investigaciones de la Fundación desempeñarían un rol importante para el esclarecimiento de la verdad, y por ende colocan al personal en un mayor grado de vulnerabilidad ante la posibilidad de sufrir ataques o intimidaciones por sectores interesados en que tales hechos permanezcan en la impunidad. En consecuencia, la Corte estima que el señor Fredy Peccerelli, su familia y los integrantes de la FAFG aún se encuentran en una situación de extrema gravedad y urgencia en la cual podrían sufrir daños irreparables, por lo que es procedente que se mantenga la vigencia de las medidas provisionales ordenadas en su favor, tendientes a proteger su vida e integridad personal, así como de garantizar el ejercicio de sus labores. POR TANTO: LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, En uso de sus atribuciones conferidas por el artículo 63.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los artículos 27 y 31 del Reglamento de la Corte, RESUELVE: 13. Requerir al Estado que continúe adoptando todas las medidas necesarias para proteger efectivamente los derechos a la vida y a la integridad personal de las siguientes personas, trabajadores de la Fundación de Antropología Forense de Guatemala: Fredy Armando Peccerelli Monterroso, Alma Nydia Vásquez Almazán, Ana Dolores Arriola Carrillo, Beatriz Díaz Arreaga, Blanca Noemí Barcenas Albizurez, Byron Estuardo García Méndez, Claudia Eugenia Rivera Fernández, Danny A. Guzmán Castellanos, Dominga Alejandra Varel Sequeira, Edgar Herlindo Hernández Sánchez, Edwin Giovanni Peruch Conós, Fredy Arnoldo Cumes Erazo, Gladis Amparo Martinez Ruiz, Guillermo E. Vásquez Escobar, Heidy Hirua Quezada Arriaga, Jaime Enrique Ruiz Castellanos, Jessika Marisela Osorio Galindo, Jorge Luis Romero de Paz, José Samuel Suasnavar

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