RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 7 DE OCTUBRE DE 2019 REINTEGRO AL FONDO DE ASISTENCIA LEGAL DE VÍCTIMAS CASO MUNÁRRIZ ESCOBAR Y OTROS VS. PERÚ VISTO: 1. La Sentencia de excepción preliminar, fondo, reparaciones y costas dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 20 de agosto de 2018 1. En dicha Sentencia, la Corte declaró la responsabilidad internacional del Estado del Perú (en adelante “el Estado” o “Perú”) por la desaparición forzada de Walter Munárriz Escobar en marzo de 1999 y la consiguiente violación en su perjuicio de los derechos a la libertad personal, integridad personal, vida y al reconocimiento de la personalidad jurídica. Además, la Corte declaró la responsabilidad internacional del Perú por la violación de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial en perjuicio del señor Munárriz Escobar y sus familiares 2, en virtud de que no llevó a cabo la investigación con la debida diligencia ni en un plazo razonable e incumplió su obligación de búsqueda del señor Munárriz Escobar. Finalmente, el Tribunal declaró al Estado internacionalmente responsable por la violación del derecho a la integridad personal en perjuicio de los familiares del señor Walter Muñárriz Escobar, por la angustia sufrida por la desaparición forzada de la referida víctima y la actuación de las autoridades estatales respecto de la investigación de lo sucedido. El Tribunal estableció que su Sentencia constituía por sí misma una forma de reparación y ordenó al Estado la adopción de medidas adicionales de reparación, así como el reintegro al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana (en adelante “el Fondo de Asistencia”). 2. La nota de la Secretaría de la Corte de 8 de abril de 2019, mediante la cual se le recordó al Estado que el 2 de abril de 2019 venció el plazo para efectuar el reintegro al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas. 3. Las transferencias electrónicas recibidas los días 3 de mayo y 11 de julio de 2019, así como el escrito presentado el 8 de julio de 2019, mediante los cuales el Perú realizó el reintegro al Fondo de Asistencia e informó al respecto. Cfr. Caso Munárriz Escobar y otros Vs. Perú. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de agosto de 2018. Serie C No. 355. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_355_esp.pdf. La Sentencia fue notificada al Estado el 1 de octubre de 2018. 2 Dichos familiares son: su madre Gladys Escobar Candiotti y sus hermanos Eric, Gladys, Amparo, Junior y Alain, todos de apellidos Munárriz Escobar. Cfr. Caso Munárriz Escobar y otros Vs. Perú, supra nota 1, párr. 118. 1

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