18 RESUELVE: 1. Requerir al Estado que: a) b) c) d) e) adopte de forma inmediata todas las medidas que sean necesarias para proteger eficazmente la vida e integridad personal de todas las personas recluidas en la Cárcel de Urso Branco13, así como las de todas las personas que ingresen a ésta14, entre ellas los visitantes y los agentes de seguridad que prestan sus servicios en la misma; ajuste las condiciones de dicha cárcel a las normas internacionales de protección de los derechos humanos aplicables a la materia15; remita a la Corte una lista actualizada de todas las personas que se encuentran recluidas en la cárcel y, además, indique con precisión: 1) las personas que sean puestas en libertad; 2) las personas que ingresen a dicho centro penal; 3) el número y nombre de los reclusos que se encuentran cumpliendo condena; 4) el número y nombre de los detenidos sin sentencia condenatoria; y 5) si los reclusos condenados y los no condenados se encuentran ubicados en diferentes secciones16; investigue los hechos que motivan la adopción de las medidas provisionales con el fin de identificar a los responsables e imponerles las sanciones correspondientes, incluyendo la investigación de los hechos graves ocurridos en la cárcel después de que la Corte emitió las Resoluciones de 18 de junio y 29 de agosto de 200217; y someta a la Corte un informe, a más tardar el 23 de julio de 2004, sobre el cumplimiento de las medidas indicadas en los anteriores incisos de este punto resolutivo y en los puntos resolutivos segundo y tercero, particularmente sobre las medidas que adopte de forma inmediata para que no se produzcan privaciones a la vida ni actos que atenten contra la integridad de las personas recluidas en la cárcel y de las que por cualquier motivo ingresen a la misma. 2. Reiterar al Estado y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos la solicitud de que tomen las providencias necesarias para coordinar y supervisar el 13 Cfr. punto resolutivo primero de la Resolución emitida por la Corte el 22 de abril de 2004; punto resolutivo primero de la Resolución emitida por la Corte el 29 de agosto de 2002; y punto resolutivo primero de la Resolución emitida por la Corte el 18 de junio de 2002. 14 Cfr. punto resolutivo primero de la Resolución emitida por la Corte el 22 de abril de 2004. 15 Cfr. punto resolutivo primero de la Resolución emitida por la Corte el 22 de abril de 2004; y considerando décimo y punto resolutivo sexto de la Resolución emitida por la Corte el 29 de agosto de 2002. 16 Cfr. punto resolutivo primero de la Resolución emitida por la Corte el 22 de abril de 2004; punto resolutivo séptimo de la Resolución de 29 de agosto de 2002; y punto resolutivo cuarto de la Resolución emitida por la Corte el 18 de junio de 2002. 17 Cfr. punto resolutivo primero de la Resolución emitida por la Corte el 22 de abril de 2004; punto resolutivo cuarto de la Resolución de 29 de agosto de 2002; y punto resolutivo segundo de la Resolución emitida por la Corte el 18 de junio de 2002.

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