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valoró la posibilidad de crear una página web para que toda persona interesada
pudiera acompañar el desarrollo de las investigaciones policiales y administrativas
relacionadas con Urso Branco.
8.
Que los representantes señalaron que pese a los alegatos del Estado de que
los episodios de violencia en la Cárcel son casos aislados, constantemente se
presentan denuncias de tortura a ellos, al Colegio de Abogados de Brasil, a la
Jefatura de Crímenes Penitenciarios y al Ministerio Público, entre otros órganos, sin
que ninguna persona haya sido responsabilizada por tales hechos. Añadieron que en
la visita realizada a la Cárcel el 8 de septiembre de 2008 por el Juez de Ejecución
Penal e integrantes del Ministerio Público, fueron encontrados aproximadamente
catorce detenidos con signos de tortura. Con relación a dicho crimen, en mayo de
2009 el Ministerio Público denunció a cinco agentes penitenciarios, entre ellos el ex
Director General de la Cárcel, iniciándose la acción penal correspondiente. En cuanto
a la investigación por la muerte del beneficiario L.C.S., los representantes destacaron
que el informe policial concluyó que dicho crimen habría sido cometido por un agente
público. Sobre la investigación de la tortura de W.R.X., no hubo reconocimiento
fotográfico del responsable porque la Secretaría de Justicia no suministró el archivo
del personal de Urso Branco. Asimismo, el 13 de abril de 2009 el Estado fue
condenado en una acción civil a reformar la cárcel de Urso Branco y a contratar a
más agentes penitenciarios en un plazo de 120 días.
9.
Que la Comisión expresó su preocupación respecto de la impunidad imperante
frente a las continuas denuncias de tortura ocurridas en el interior de la Cárcel.
*
*
*
10.
Que el Estado informó que el 7 de octubre de 2008 la Procuraduría General de
la República consideró “la verosimilitud de los alegatos de violación de derechos
humanos [en] Urso Branco y presentó, ante el Supremo Tribunal Federal (STF), un
pedido de intervención federal contra el [e]stado de Rondônia”. Ante ello, el gobierno
de Rondônia decretó el estado de “situación de emergencia” en sus establecimientos
carcelarios y creó un Grupo de Trabajo integrado, entre otros, por representantes de
las Secretarías de Justicia, de Administración, de Planificación y Coordinación
General, de Salud y de Finanzas, con el fin de actuar prioritariamente en el sistema
penitenciario. El 16 de octubre de 2008 dicho Grupo de Trabajo se reunió por
primera vez con el fin de planear las estrategias de acción. Por otra parte, Brasil
informó que la CDDPH se ha reunido periódicamente cada dos meses, pese a la
oposición de los representantes en participar de dichas reuniones. Consideró que la
participación de los representantes en esos encuentros es de extrema importancia
para el trabajo de la mencionada Comisión y espera que reevalúen su postura.
11.
Que los representantes informaron que han cooperado con el Procurador
General de la República, en el marco del pedido de intervención federal, a través del
suministro de información sobre la situación de la Cárcel, incluyendo denuncias de
torturas. El 9 de diciembre de 2008 solicitaron al STF su inclusión en dicho
procedimiento como asistentes simples del Procurador General de la República pues,
a su juicio, pueden contribuir de forma determinante para el análisis del