de arma de fuego, con el orificio de entrada y de salida63. El dictamen de autopsia no se
encuentra en el expediente de prueba ante esta Corte.
47.
El acta de defunción de Vicky no se consignó en el Registro Civil Nacional sino hasta el
año 201364.
C. Investigaciones por la muerte de Vicky Hernández
48.
La investigación del caso fue registrada en el Ministerio Público como causa contra
desconocidos por el delito de homicidio en perjuicio de Vicky Hernández 65. Como se ha
señalado supra, el día 29 de junio de 2009 se realizó la diligencia preliminar de levantamiento
y el acta de levantamiento de cadáver. De acuerdo con lo señalado por los representantes sin
que fuera controvertido por el Estado, las autoridades forenses se negaron a realizar el
dictamen de autopsia de Vicky Hernández con el pretexto de suponer que era VIH positiva66.
49.
El 16 de marzo de 2011 la Unidad de Delitos contra la Vida de la Fiscalía solicitó a la
DNIC el dictamen de autopsia de varios casos de homicidio contra personas trans, incluido el
caso de Vicky Hernández67.
50.
El 30 de marzo de 2011 el Fiscal de Instrucción de la Unidad de Delitos contra la Vida
solicitó a la DNIC la realización de varias diligencias investigativas en el caso, como
individualizar a los sospechosos, solicitar el dictamen de autopsia, tomar las declaraciones
de los testigos del hecho criminal y de los ofendidos parientes de las víctimas, establecer el
móvil de la muerte68.
51.
El 3 de mayo de 2011 se tomó la declaración de Rosa Argelia Hernández, madre de la
víctima. Según la declaración, el 29 de junio de 2009, se enteró de lo ocurrido por la llamada
de una amiga de Vicky Hernández, una mujer trans de nombre Alicia, quien le indico que el
cuerpo se encontraba en la morgue69.
52.
De acuerdo a un informe de la Fiscalía Especial de Delitos contra la Vida, al 23 de
julio de 2013, se habían realizado las siguientes diligencias:
“1. Acta preliminar de Levantamiento 1138-09. 2. Constancia de defunción del registro
nacional de las personas. 3. Fotocopia de la tarjeta de identidad a nombre de la víctima.
4. Acta de inspección ocular número 1095-09. 5. Copia de solicitud de autopsia A133409 enviada el 16 de marzo de 2011. 6. Declaración de la señora Rosa Argelia Hernández
Martínez, madre del occiso. 7. Constancia de antecedentes policiales a nombre de [la
víctima]. 8. Solicitud de inspecciones oculares de álbum fotográfico y de la escena. 9.
Solicitud de movimientos migratorios de [la víctima]”70.
Cfr. Fiscalía General de la República. Oficio FGR No. 667-2015 de 14 de octubre de 2015 (expediente de
prueba, folios 29 a 32).
63
64
Cfr. Informe de misión, 14-18 de octubre de 2013 (expediente de prueba, folios 36 a 39).
65
La investigación fue abierta con su nombre asignado al nacer.
66
Cfr. Escrito de solicitudes argumentos y pruebas (expediente de fondo, folio 110).
Cfr. Oficio de la Unidad de Delitos contra la Vida, 16 de marzo de 2011. Expediente lnvestigativo 1057-09
(expediente de prueba, folios 83 y 84).
67
Cfr. Oficio de la Fiscal la de Instrucción - Unidad Delitos contra la Vida, 30 de marzo de 2011. Expediente
lnvestigativo 1057-09 (expediente de prueba, folios 80 a 82).
68
Cfr. Declaración de Rosa Argelia Hernández Martínez ante Dirección Nacional de Investigación Criminal de
3 de mayo de 2011 (expediente de prueba, folios 15 y 16).
69
70
a 92).
Fiscalía Especial de Delitos contra la Vida. Informe de 23 de julio de 2013 (expediente de prueba, folios 91
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