114.
Sobre lo sucedido en el trayecto, describió que “les ordenaron colocarse en los asientos con la
cabeza agachada para que no pudieran levantarse ni ver a su alrededor, les quitaron los objetos de valor (…)
le pidieron sus datos (…) le ordenaron mantener los ojos cerrados, sin embargo pudo ver a una persona
vestida con pantalón y botas negras, quien le levantó la blusa y le meditó (sic) una mano en los senos y la otra
en la espalda, después le jaló la pantaleta, le tocó y rasguñó la vagina, con la otra mano le apretó y pellizcó los
pezones”54.
115.
Ingresó al CEPRESO el 4 de mayo de 2006 55. Respecto de su llegada al CEPRESO describió que
“los bajaron con jalones, los aventaron, a ellas las agarraron de los cabellos, los policías hicieron una valla, al
pasar por ahí los golpearon con patadas en el cuerpo y con el puño cerrado en la cabeza, hasta que entraron al
penal”56.
116.
En el certificado médico de ingreso de la misma fecha se dio cuenta de que ingresó contundida
en cabeza y en miembro pélvico izquierdo” y se dio cuenta de diversas equimosis 57.
117.
El 6 de mayo de 2006 se entrevistó con personal de la CNDH 58.
118.
Según la información aportada por el Estado, Yolanda Muñoz Diosdada fue puesta en libertad
el 13 de mayo de 2006.
119.
El 17 de mayo de 2006 la CNDH emitió un certificado médico de lesiones en el que se dejó
constancia de varias equimosis que “corresponden a contusiones directas, realizadas por objetos romos de
consistencia dura (toletes, palos, escudos) por las coloraciones (…) se puede establecer que corresponden a
un tiempo aproximado de producción de 24 a 48 horas, siendo compatibles con el día de los hechos 59.
120.
El 25 de mayo de 2006 la CNDH aplicó el Protocolo de Estambul a Yolanda Muñoz Diosdada.
En las conclusiones se indica que se encuentra “en un grado de depresión y ansiedad que oscila de moderado
a severo” con intenso temor. También se indicó la presencia de signos característicos del trastorno de estrés
postraumático y se recomendó un tratamiento terapéutico, individual o grupal 60.
121.
En la Recomendación 38/2006 de la CNDH, en la que aparece identificada como A117, se
confirma que fue detenida el 3 de mayo de 2006 por elementos de la Policía Municipal de la Agencia de
Seguridad Estatal puesta a disposición del “SPEM16” quien inició la averiguación previa por la posible
comisión de los delitos de motín, ataques a las vías de comunicación y medios de transporte y lesiones,
ordenando su internamiento en el CEPRESO. Ese mismo día se le tomó declaración ministerial y el 7 de mayo
Protocolo de Estambul a Yolanda Muñoz Diosdada (Anexo 1 a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 15. Video contentivo de
la declaración de Yolanda Muñoz Diosdada (Anexo a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 16. Declaración de Yolanda Muñoz
Diosdada ante la FEVIM el 15 de junio de 2006 (Anexo 12 a la petición inicial de 29 de abril de 2008).
54 Anexo 12. Acta Circunstanciada del Visitador Adjunto de 6 de mayo de 2006 respecto de Yolanda Muñoz Diosdada (Anexo 1
a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 14. Opinión de la CNDH de 31 de agosto de 2006 donde consta la aplicación del
Protocolo de Estambul a Yolanda Muñoz Diosdada (Anexo 1 a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 15. Video contentivo de
la declaración de Yolanda Muñoz Diosdada (Anexo a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 16. Declaración de Yolanda Muñoz
Diosdada ante la FEVIM el 15 de junio de 2006 (Anexo 12 a la petición inicial de 29 de abril de 2008).
55 Anexo 11. Registro médico de ingreso de Yolanda Muñoz Diosdada de 4 de mayo de 2006 (Anexo 1 a la petición inicial de 29
de abril de 2008).
56 Anexo 14. Opinión de la CNDH de 31 de agosto de 2006 donde consta la aplicación del Protocolo de Estambul a Yolanda
Muñoz Diosdada (Anexo 1 a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 15. Video contentivo de la declaración de Yolanda Muñoz
Diosdada (Anexo a la petición inicial de 29 de abril de 2008); Anexo 16. Declaración de Yolanda Muñoz Diosdada ante la FEVIM el 15 de
junio de 2006 (Anexo 12 a la petición inicial de 29 de abril de 2008).
57 Anexo 11. Registro médico de ingreso de Yolanda Muñoz Diosdada de 4 de mayo de 2006 (Anexo 1 a la petición inicial de 29
de abril de 2008).
58 Anexo 12. Acta Circunstanciada del Visitador Adjunto de 6 de mayo de 2006 respecto de Yolanda Muñoz Diosdada (Anexo 1
a la petición inicial de 29 de abril de 2008).
59 Anexo 13. Certificado médico de lesiones de Yolanda Muñoz Diosdada de 17 de mayo de 2006 (Anexo 1 a la petición inicial
de 29 de abril de 2008).
60 Anexo 14. Opinión de la CNDH de 31 de agosto de 2006 donde consta la aplicación del Protocolo de Estambul a Yolanda
Muñoz Diosdada (Anexo 1 a la petición inicial de 29 de abril de 2008).
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