8 podrán presentar ante el Tribunal sus alegatos finales orales sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas en el presente caso. 10. Requerir a la Secretaría que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.3 del Reglamento, remita a la Comisión, a los representantes y al Estado una copia de la grabación de la audiencia pública al término de la misma o dentro de los 15 días siguientes a su celebración. 11. Informar a la Comisión Interamericana, a los representantes y al Estado que cuentan con plazo hasta el 28 de marzo de 2011 para presentar sus alegatos finales escritos en relación con las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas en este caso. Este plazo es improrrogable e independiente de la remisión de la copia de la grabación de la audiencia pública. 12. Requerir a la Secretaría de la Corte Interamericana que notifique la presente Resolución a la Comisión Interamericana, a los representantes, y al Estado. Diego García-Sayán Presidente Pablo Saavedra Alessandri Secretario

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