4 POR TANTO: EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, de conformidad con el articulo 25.2 del Estatuto de la Corte y con los articulos 30.2, 46, 48, 49, 50, 54 Y 55 del Reglamento, y en consulta con los demas ]ueces del Tribunal, RESUELVE: 1. Confirmar la Resolucion del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 10 de marzo de 2010 en 10 relativo a la determinacion del objeto de las declaraciones de las senoras Rebeca Ibsen Castro y Raquel Ibsen Castro. 2. Recibir, por las razones senaladas en el Visto 4 y el Considerando 9 de la presente Resolucion, la declaracion rendida ante fedatario publico (affidavit) por la senora Raquel Ibsen Castro, presentada por la Comision Interamericana de Derechos Humanos. 3. Requerir, por las razones senaladas en el Visto 4 y el Considerando 10 de la presente Resolucion, y en ejercicio de la facultad que Ie otorga el articulo 50.3 del Reglamento, que la senora Rebeca Ibsen Castro rinda su declaracion ante fedatario publico (affidavit). 4. Requerir a los representantes de las presuntas victimas que coordinen y realicen las diligencias necesarias para que la persona mencionada en el punta resolutivo anterior rinda su declaracion ante fedatario publico (affidavit) y la remitan a la Corte Interamericana de Derechos Humanos a mas tardar el 27 de abril de 2010. 5. Solicitar a la Secreta ria que, una vez recibida la declaracion rendida ante fedatario publico (affidavit), la transmita al Estado y a la Comision Interamericana de Derecho:; Humanos para que, en un plazo improrrogable de siete dias, contado a partir de su recepcion, presenten las observaciones que estimen pertinentes. 6. Requerir a la Secreta ria que notifique la presente· Resolucion a la Comision Interamericana de Derechos Humanos, a los representantes de las presuntas victimas y al Estado de Bolivia. Diego Garcia Pre' nte n

Select target paragraph3