RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS*
DE 28 DE ENERO DE 2021
CASO ASOCIACIÓN NACIONAL DE CESANTES Y JUBILADOS DE LA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
(ANCEJUB-SUNAT) VS. PERÚ
SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA
VISTO:
1.
La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en
adelante “la Sentencia” o “el Fallo”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 21 de
noviembre de 20191. En dicha Sentencia, la Corte declaró internacionalmente
responsable a la República del Perú (en adelante “el Estado” o “Perú”) por las violaciones
de diversos derechos cometidas en perjuicio de 597 miembros de la Asociación Nacional
de Cesantes y Jubilados de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria.
En particular, la Corte encontró que la dilación injustificada en el cumplimiento de la
sentencia de la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia
de la República de 25 de octubre de 1993 constituyó una violación al derecho a un
recurso judicial efectivo y a la garantía del plazo razonable. Adicionalmente, el Tribunal
determinó que el Estado incumplió con su deber de garantizar el derecho a la seguridad
social al incumplir el pago de los reintegros ordenados por dicha sentencia, así como por
no haber dado información adecuada a las víctimas respecto a los alcances de su derecho
a la pensión, y por la afectación que esto tuvo en el ejercicio de otros derechos.
Finalmente, la Corte concluyó que la afectación a los derechos a las garantías judiciales,
la protección judicial y la seguridad social tuvieron un impacto en los derechos a la vida
digna y la propiedad de las víctimas. La Corte estableció que su Sentencia constituye
por sí misma una forma de reparación y, adicionalmente, ordenó al Estado determinadas
medidas de reparación (infra Considerando 1).
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Debido a las circunstancias excepcionales ocasionadas por la pandemia COVID-19, esta Resolución
fue deliberada y aprobada durante el 139 Período Ordinario de Sesiones, el cual se llevó a cabo de forma no
presencial utilizando medios tecnológicos de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Corte.
1
Cfr. Caso Asociación Nacional de Cesantes y Jubilados de la Superintendencia Nacional de
Administración Tributaria (ANCEJUB-SUNAT) Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y
Costas. Sentencia de 21 de noviembre de 2019. Serie C No. 394. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra
disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_394_esp.pdf. La Sentencia fue notificada
al Estado el 19 de diciembre de 2019.
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