3
I
INTRODUCCIÓN DE LA CAUSA
1.
El sometimiento del caso a la Corte. - El 18 de enero de 2016, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 51 y 61 de la Convención Americana y el artículo 35 del Reglamento
de la Corte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión
Interamericana” o “la Comisión”) sometió a la jurisdicción de la Corte el caso Nº 12.798
“Daniel Gerardo Gómez Murillo, Aída Marcela Garita Sánchez y otros” en contra de la República
de Costa Rica (en adelante “el Estado” o “Costa Rica”)1.
2.
La Comisión indicó que el caso se refería a las violaciones de los derechos a la integridad
personal, libertad personal, vida privada y familiar, a fundar una familia y a la igualdad y no
discriminación, ocurridas como consecuencia de la prohibición general de practicar la técnica
de reproducción asistida de la fecundación in vitro (en adelante también “FIV”) que estuvo
vigente en Costa Rica desde el año 2000, después de una decisión emitida por la Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (en adelante también “Sala Constitucional”) de
dicho país, en perjuicio de Daniel Gerardo Gómez Murillo, Aída Marcela Garita Sánchez,
Roberto Pérez Gutiérrez, Silvia María Sosa Ulate, Luis Miguel Cruz Comparaz, Raquel
Sanvicente Rojas, Randall Alberto Torres Quirós, Geanina Isela Marín Rankin, Carlos Edgardo
López Vega, Albania Elizondo Rodríguez, Miguel Acuña Cartín y Patricia Núñez Marín.
3.
Trámite ante la Comisión.- El trámite ante la Comisión fue el siguiente:
a) Peticiones.- Los días 14 y 27 de diciembre de 2004, 28 de junio y 17 de octubre de
2006, y 3 de mayo de 2007, la Comisión recibió del señor Gerardo Trejos Salas las cinco
peticiones del presente caso2.
b) Acumulación de peticiones.- El 11 de marzo de 2009 la Comisión informó a las partes
sobre la acumulación de las primeras cuatro peticiones referidas. Posteriormente, el 22 de
abril de 2010 acumuló a las anteriores también la petición presentada el 3 de mayo de
2007.
c) Informe de Admisibilidad.- El 1 de noviembre de 2010 la Comisión emitió el Informe de
Admisibilidad Nº 156/10 (en adelante “Informe de Admisibilidad)”.
d) Informe de Fondo.- El 29 de enero de 2015 la Comisión emitió el Informe de Fondo Nº
1/15 (en adelante también “el Informe de Fondo” o “el Informe No. 1/15”), de conformidad
con el artículo 50 de la Convención Americana:
i) Conclusiones.- Concluyó que el Estado de Costa Rica
violó los derechos consagrados en los artículos 5 (integridad personal), 7 (libertad personal), 11.2 (derecho a la
vida privada y familiar), 17.2 (derecho a fundar una familia) y 24 (igualdad ante la ley e igual protección de la
ley), de la Convención Americana, en relación con las obligaciones establecidas en los artículos 1.1 (obligación
de respetar los derechos) y 2 (deber de adoptar disposiciones de derecho interno) del mismo instrumento, en
perjuicio de Daniel Gerardo Gómez Murillo, Aída Marcela Garita Sánchez, Roberto Pérez Gutiérrez, Silvia María
Sosa Ulate, Luis Miguel Cruz Comparaz, Raquel Sanvicente Rojas, Randall Alberto Torres Quirós, Geanina Isela
Marín Rankin, Carlos Edgardo López Vega, Albania Elizondo Rodríguez, Miguel Acuña Cartín y Patricia Núñez
Marín.
ii)
Recomendaciones.- En consecuencia, la Comisión recomendó al Estado lo
siguiente:
1.
Levantar la prohibición de la fecundación in vitro en el país a través de los procedimientos legales
correspondientes.
2.
Asegurar que la regulación que se otorgue a la práctica de la [f]ecundación in [v]itro a partir del
levantamiento de la prohibición, sea compatible con las obligaciones estatales bajo la Convención Americana
1
La Comisión designó al Comisionado José de Jesús Orozco Henríquez y al entonces Secretario Ejecutivo Emilio
Álvarez Icaza L. como sus Delegados, y a Elizabeth Abi-Mershed, Secretaria Ejecutiva Adjunta y Silvia Serrano
Guzmán, abogada de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión, como asesoras legales.
2
A las mismas la Comisión les asignó los siguientes números: 1368-04, 16-05, 678-06, 1191-08 y 545-07,
respectivamente.