RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS ∗ DE 21 DE NOVIEMBRE DE 2023 CASO INTEGRANTES Y MILITANTES DE LA UNIÓN PATRIÓTICA VS. COLOMBIA SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en adelante “la Sentencia” o “el Fallo”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 27 de julio de 2022 1. 2. Las notas de la Secretaría de la Corte (en adelante “la Secretaría) de 2 de junio y 5 de julio de 2023 (infra Considerandos 7 y 8). 3. Los escritos presentados por la República de Colombia (en adelante “el Estado” o “Colombia”) entre el 3 de marzo y el 1 de agosto de 2023. 4. Los escritos presentados por los intervinientes comunes de los representantes de las víctimas (en adelante también “los intervinientes comunes” o “los representantes”) 2, entre el 31 de marzo y el 10 de noviembre de 2023. 5. Los escritos presentados por la “Comisión para la constatación de la identidad y parentesco de las víctimas listadas en los Anexos II y III de la Sentencia” (en adelante también “Comisión de Constatación”) los días 28 de junio, 19 de julio, 15 de agosto y 19 de octubre de 2023. 6. Los escritos de observaciones presentados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana”) el 19 de julio y el 16 de agosto de 2023. 7. El acto realizado por el Estado el 11 de octubre de 2023 en Bogotá, Colombia, para la instalación simbólica de la Comisión de Constatación, al cual asistió, entre otros, el Presidente de la Corte Interamericana (infra Considerando 9). * El Juez Humberto A. Sierra Porto, de nacionalidad colombiana, no participó en la deliberación y firma de la Sentencia de este caso, ni de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte. La Jueza Verónica Gómez se excusó de conocer el presente caso, en los términos del artículo 19.2 del Estatuto, lo cual fue aceptado por el Presidente. 1 Cfr. Caso Integrantes y Militantes de la Unión Patriótica Vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de julio de 2022. Serie C No. 455. Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_455_esp.pdf. La Sentencia fue notificada el 30 de enero de 2023. 2 La Corporación para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos Reiniciar, las organizaciones Derechos con Dignidad y Centro Jurídico de Derechos Humanos y la representación de la familia Díaz Mansilla.

Select target paragraph3