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Derecho Humanos a cargo del Ministerio del Interior y de Justicia, el cual cuenta con un
órgano asesor denominado Comité de Reglamentación y Evaluación de Riesgos (CRER) 4. En
tal sentido, en su informe de 14 de diciembre de 2009, el Estado señaló que conforme al
estudio realizado por el CRER, el señor Wilson Gutiérrez Soler presentaba un nivel de
riesgo ordinario. Sin embargo, ese órgano recomendó la reevaluación del estudio. En
relación con algunas medidas solicitadas por los representantes a favor del señor Gutiérrez
Soler previo a su regreso definitivo a Colombia, particularmente las referidas a medidas
“arquitectónicas” de seguridad en su vivienda, el Estado señaló que informó a los
representantes que este tipo de medidas sólo podían implementarse en caso de que la
vivienda fuera de propiedad del beneficiario, ya que implican una serie de modificaciones a
la misma que no pueden realizarse sin previo consentimiento del dueño. No obstante,
posteriormente el Estado refirió que el señor Wilson Gutiérrez Soler “había adquirido su
propia residencia”, por lo cual se solicitó a la Policía Nacional la realización de un estudio de
seguridad a su vivienda. Asimismo, Colombia señaló que el beneficiario había informado
sobre su regreso definitivo al país, por lo que el CRER había autorizado por una vigencia de
6 meses un vehículo corriente y dos unidades de escolta privada, lo cual también había
sido aprobado por el señor Wilson Gutiérrez Soler. Dicho esquema de seguridad cubriría
también a su núcleo familiar, “dentro del cual se encuentra Kevin Gutiérrez”.
9.
Conforme a la información más reciente presentada por el Estado, dado que el señor
Wilson Gutiérrez Soler y su hijo, Kevin Daniel Gutiérrez Niño, ya se encuentran residiendo
permanentemente en Colombia, el CRER realizó un nuevo estudio que señala que el señor
Gutiérrez Soler presenta un nivel riesgo extraordinario. En tal sentido, el Estado informó
que se encuentran vigentes algunas medidas de protección. Asimismo, a partir de un
estudio de riesgo realizado a la señora María Elena Soler de Gutiérrez “se pudo establecer
que su situación de riesgo guarda conexidad directa con los hechos de los que fue víctima
su hijo Wilson Gutiérrez Soler y[,] por lo tanto, el estudio de nivel de riesgo, también
arrojó resultado extraordinario”. En cuanto a afirmaciones de los representantes y del
señor Wilson Gutiérrez Soler sobre supuestos reportes migratorios del señor Gutiérrez
Soler solicitados en el marco del proceso penal que se sigue por la tortura de la que fue
objeto, lo cual le ha provocado temor (infra considerando 12), el Estado manifestó que
“solicitó al Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) informar si a la fecha, se han
realizado solicitudes por parte de particulares y/o autoridades judiciales solicitando el
registro migratorio del señor Wilson Gutiérrez Soler”.
10.
Por otra parte, en su informe de 14 de diciembre de 2009 (supra Visto 4), el Estado
señaló que se encontraban en trámite las solicitudes para la realización de estudios de
riesgo a los señores Carlos Andrés Gutiérrez Rubiano y Leidy Caterin Gutiérrez Peña.
Posteriormente, particularmente a partir de su informe de 11 de mayo de 2010, el Estado
señaló que no ha recibido por parte de los representantes información sobre “nuevos
hechos de amenaza que atenten contra la vida y la integridad” de tales beneficiarios, ni
solicitudes de medidas de seguridad y/o protección a su favor, y que desconocía la
ubicación de tales personas, por lo cual no ha procedido a realizar los estudios de riesgo
correspondientes.
11.
Los representantes hicieron referencia a la manera en que algunas de las medidas
de protección estaban siendo implementadas por el Estado, principalmente a lo que se
refiere al retraso en la realización de los estudios de riesgo al señor Wilson Gutiérrez Soler
y a su madre, la señora María Elena Soler de Gutiérrez. Asimismo, mencionaron que si bien
algunas de esas medidas habían sido aprobadas, no todas habían sido ejecutadas aún. Así,
por ejemplo, en su escrito de 28 de agosto de 2009 (supra Visto 5) señalaron que el señor
Gutiérrez Soler había asumido los gastos del apoyo de transporte aprobado por el Estado.
Asimismo, indicaron que desde el mes de mayo de 2010 el Estado conocía que el señor
4
De acuerdo a lo indicado por el Estado, este órgano recomienda la adopción de las medidas más
convenientes para proteger a una persona, teniendo en cuenta tanto las particularidades de cada caso como el
resultado de un estudio de nivel de riesgo que realizan los organismos de seguridad competentes.