- 9adecuada asistencia jurídica y atención médica y psicológica; (f) su contacto
con distintos agentes estatales en el marco de las diversas investigaciones y
procesos por los hechos del 3 y 4 de mayo de 2006, las acciones que tomó y
los resultados de estas en dichos procesos y en su acceso a la justicia; (g) las
afectaciones sufridas por ella y su familia por los hechos descritos, y (h) sobre
posibles medidas de reparación.
6.
Cristina Sánchez Hernández, quien declarará sobre: (a) los motivos por los
que se encontraba en el escenario del operativo policiaco del 3 y 4 de mayo de
2006, en Texcoco y San Salvador Atenco; (b) lo que vio al llegar y las
acciones que tomó ante el clima de violencia; (c) las circunstancias de su
detención, incluyendo el alegado uso excesivo de la fuerza empleada en la
misma; (d) la alegada violencia física, psicológica y sexual que sufrió y de la
que fue testigo a partir de la detención, incluyendo en su traslado del lugar de
detención, hasta llegar al CEPRESO; (e) lo que ocurrió al llegar al CEPRESO,
incluyendo los alegados nuevos actos de violencia y la alegada ausencia de
adecuada asistencia jurídica y atención médica y psicológica; (f) su contacto
con distintos agentes estatales en el marco de las diversas investigaciones y
procesos por los hechos del 3 y 4 de mayo de 2006, las acciones que tomó y
los resultados de estas en dichos procesos y en su acceso a la justicia; (g) las
afectaciones sufridas por ella y su familia por los hechos descritos, y (h) sobre
posibles medidas de reparación.
B. Peritos
Propuesta por la Comisión
1.
Elizabeth Salmón, quien rendirá un peritaje sobre los estándares
internacionales relevantes que determinan las obligaciones estatales de
respeto y garantía en materia de la violencia contra la mujer y,
particularmente, la violencia y violación sexual. La perita se referirá al
desarrollo del derecho internacional en cuanto a i) la valoración probatoria en
este tipo de casos, y ii) la calificación jurídica de ciertos hechos como violación
sexual y tortura. Así mismo, aplicará los elementos desarrollados en su
peritaje a los hechos del presente caso.
Propuestos por los representantes
2.
Regina Tames, quien rendirá un peritaje sobre: i) la alegada inefectividad de
las medidas estructurales que ha implementado México para hacer frente a la
alegada violencia histórica y estructural contra las mujeres, especialmente
contra la tortura sexual cometida por agentes estatales, y ii) sobre las
medidas y políticas públicas necesarias y adecuadas para que hechos como los
del presente caso no vuelvan a repetirse.
3.
Duarte Nuno Pessoa Vieira, quien rendirá un peritaje sobre: i) las obligaciones
del Estado en materia de atención y documentación médica y psicológica en
casos de posible tortura, especialmente en casos de violencia sexual a
mujeres detenidas y privadas de libertad; ii) las obligaciones estatales
respecto de las diligencias inmediatas que deben llevar adelante los médicos y
otras autoridades para brindar un tratamiento adecuado a las mujeres
víctimas de tortura sexual; iii) las implicaciones que acarrea el actual marco
normativo y diseño institucional de los servicios periciales en México, en