supuestas violaciones al artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos,
en los términos de los párrafos 17 a 20 de la presente Sentencia de Interpretación; ii) al pago
de las indemnizaciones por daños materiales e inmateriales, en los términos de los párrafos
24 y 25 de la presente Sentencia de Interpretación, y iii) al tipo de interés bancario aplicable
sobre el valor en mora, en los términos del párrafo 37 de la presente Sentencia de
Interpretación.
3.
Determinar el sentido y el alcance de lo dispuesto en la Sentencia de Excepciones
Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas emitida en el Caso Empleados de la Fábrica de
Fuegos en Santo Antônio de Jesus y sus familiares Vs. Brasil, en los términos de los párrafos
29, 30, 35 y 36 de la presente Sentencia de Interpretación.
4.
Disponer que la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que
notifique la presente Sentencia de Interpretación al Estado, a los representantes de las
víctimas y a la Comisión Interamericana.
Corte IDH. Caso Empleados de la Fábrica de Fuegos en Santo Antônio de Jesus y sus
familiares Vs. Brasil. Interpretación de la Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo,
Reparaciones y Costas. Sentencia de 21 de junio de 2021.
Elizabeth Odio Benito
Presidenta
L. Patricio Pazmiño Freire
Eduardo Vio Grossi
Humberto Antonio Sierra Porto
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Eugenio Raúl Zaffaroni
Ricardo C. Pérez Manrique
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
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