supuestas violaciones al artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en los términos de los párrafos 17 a 20 de la presente Sentencia de Interpretación; ii) al pago de las indemnizaciones por daños materiales e inmateriales, en los términos de los párrafos 24 y 25 de la presente Sentencia de Interpretación, y iii) al tipo de interés bancario aplicable sobre el valor en mora, en los términos del párrafo 37 de la presente Sentencia de Interpretación. 3. Determinar el sentido y el alcance de lo dispuesto en la Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas emitida en el Caso Empleados de la Fábrica de Fuegos en Santo Antônio de Jesus y sus familiares Vs. Brasil, en los términos de los párrafos 29, 30, 35 y 36 de la presente Sentencia de Interpretación. 4. Disponer que la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que notifique la presente Sentencia de Interpretación al Estado, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana. Corte IDH. Caso Empleados de la Fábrica de Fuegos en Santo Antônio de Jesus y sus familiares Vs. Brasil. Interpretación de la Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 21 de junio de 2021. Elizabeth Odio Benito Presidenta L. Patricio Pazmiño Freire Eduardo Vio Grossi Humberto Antonio Sierra Porto Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Eugenio Raúl Zaffaroni Ricardo C. Pérez Manrique Pablo Saavedra Alessandri Secretario 9

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