24
como la conveniencia de fortalecerlas y consolidarlas” y “coincid[ieron] en que todos los actos
que puedan afectar las garantías de aquellos individuos o entidades que trabajan en la
promoción y tutela de los derechos humanos, son condenables”. El Estado se comprometió a
tomar “medidas especiales de protección, en beneficio de aquellas personas o entidades que
trabajan en el campo de los derechos humanos. Asimismo, [se comprometió a] investiga[r]
oportuna y exhaustivamente las denuncias que se le present[aran], relativas a actos o
amenazas que los pudieren afectar”, y reiteró “el compromiso de garantizar y proteger en
forma eficaz la labor de los individuos y entidades defensoras de los derechos humanos” 69.
76.
No obstante, en años posteriores volvieron a producirse numerosos actos de
hostigamiento y agresión en contra de defensoras y defensores de derechos humanos, como
lo constataron numerosos informes de diversas fuentes:
a) La Comisión Interamericana de Derechos Humanos señaló en 2001 que si bien las
agresiones en contra de defensoras y defensores de derechos humanos disminuyeron
sustancialmente en el período previo a la firma de la paz, empezaron a incrementarse de
nuevo al año siguiente de su firma, aumentando sostenidamente desde ese entonces 70. Y
en 2003, la Comisión constató “un progresivo deterioro en la situación de los activistas de
derechos humanos en Guatemala, [... así como] un aumento significativo de ataques, que
directa o indirectamente, imp[edían] o dificulta[ban] las tareas de los defensores de
derechos humanos”. Los principales blancos de esos ataques eran, por un lado, quienes
realizaban investigaciones relacionadas con las violaciones de derechos humanos
ocurridas durante el conflicto armado (comprendiendo a las propias víctimas, testigos,
abogados, activistas de derechos humanos y expertos forenses), y por otro, quienes
participaban en la promoción de derechos económicos, sociales y culturales y de los
derechos de los pueblos indígenas y ecologistas 71. Esas actividades comprendían llamadas
telefónicas, vigilancias y seguimiento o espionaje, y como método más frecuente “la
amenaza por escrito, por vía telefónica o electrónica, o a través de terceros”, así como “el
entorpecimiento de las acciones de los defensores” y “el amedrentamiento […] a través
del ataque a la vida e integridad física del defensor”. Según la Comisión, “ha[bía] un nexo
evidente entre la impunidad imperante en el país y la situación de vulnerabilidad de los
defensores” y, en cuanto a la autoría de esos hechos, existía un consenso generalizado,
reconocido incluso por el Gobierno, en el sentido de que el incremento de tales hechos
estaba asociado a la existencia y funcionamiento de cuerpos ilegales y aparatos
clandestinos de seguridad, que tenían conexiones con el crimen organizado y con agentes
y estructuras del Estado, particularmente con los servicios de inteligencia militar 72. En
2004, la Comisión señaló que la cantidad de actos de la índole indicada había aumentado
en los años anteriores y formaba parte de un “patrón de intimidación hacia los defensores
de derechos humanos”, el cual tenía como propósito “impedir que la actuación del Poder
Judicial [fuera] efectiva en casos sobre violaciones de derechos humanos cometidas
durante el conflicto armado” 73.
b) La Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la
situación de los defensores de los derechos humanos, Hina Jilani, emitió en 2002 un
informe sobre su misión a Guatemala, en el cual observó “un aumento de los casos de
ataques contra defensores de derechos humanos” en los años 2000 a 2002, e indicó que
69
Cfr. Acuerdo Global sobre Derechos Humanos, 29 de marzo de 1994 (expediente de anexos al escrito de
solicitudes y argumentos, folios 2429 a 2436).
70
Cfr. CIDH, Quinto informe sobre la situación de los derechos humanos en Guatemala, OEA/Ser.L/V/II.111 Doc.
21
rev.
6
de
abril
de
2001,
Capítulo
VI,
párr.
26.
Disponible
en:
http://www.cidh.org/countryrep/guatemala01sp/indice.htm.
71
Cfr. CIDH. Justicia e Inclusión social: Los desafíos de la democracia en Guatemala. OEA/Ser.L/V/II.118, Doc. 5,
rev.
1,
29
de
diciembre
de
2003.,
párrs.
173,
176
y
178.
Disponible
en:
http://www.cidh.org/countryrep/Guatemala2003sp/capitulo3.htm.
72
Cfr. CIDH. Justicia e Inclusión social: Los desafíos de la democracia en Guatemala. OEA/Ser.L/V/II.118, Doc. 5,
rev.
1,
29
de
diciembre
de
2003.,
párrs.
182
a
184
y
186.
Disponible
en:
http://www.cidh.org/countryrep/Guatemala2003sp/capitulo3.htm.
73
Cfr. CIDH. Informe Anual. 2004. OEA/Ser.L/V/II.122. Doc. 5 rev. 1, 23 febrero de 2005. Capítulo V, Título III,
párr. 55. Disponible en: http://www.cidh.oas.org/annualrep/2004sp/cap.5a.htm.