RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS * DE 18 DE OCTUBRE DE 2022 CASO SCOT COCHRAN VS. COSTA RICA VISTO: 1. El escrito de sometimiento del caso y el Informe de Fondo No. 380/20 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante también “Comisión Interamericana” o “Comisión”); el escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante “escrito de solicitudes y argumentos”) de quienes fueran los representantes de la presunta víctima1 (en adelante “representantes”), y el escrito de interposición de las excepciones preliminares y contestación al sometimiento del caso e Informe de Fondo y al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “escrito de contestación”) de la República de Costa Rica (en adelante “Estado”, “Estado costarricense” o “Costa Rica”), así como la documentación anexa a dichos escritos. 2. La Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “Corte Interamericana”, “Corte” o “Tribunal”) de 5 de octubre de 2022 por medio de la cual, entre otros, se acordó convocar al Estado, al representante de las presuntas víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia pública sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas que se celebrará de manera virtual durante el 154 Período Ordinario de Sesiones que se llevará a cabo en San José, Costa Rica, el día 9 de noviembre de 2022, a partir de las 9:00 horas de Costa Rica, para recibir sus alegatos y observaciones finales orales, así como las declaraciones de la presunta víctima 2, y se requirió la presentación por affidavit de la declaración de una perita3. 3. El escrito de 11 de octubre de 2022, por medio del cual el Estado solicitó la reconsideración de la citada Resolución de 5 de octubre de 2022 y, en particular, que se modificara el objeto de la declaración testimonial de la presunta víctima admitida en la referida resolución de Presidencia. 4. El escrito de 14 de octubre de 2022, por medio del cual los representantes también solicitaron la reconsideración de la citada Resolución de 5 de octubre de 2022 y, en particular, que se modificara el modo en el que se rendirían las declaraciones testimonial y pericial. La Jueza Nancy Hernández López, de nacionalidad costarricense, no participó en la deliberación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19.2 del Estatuto y 19.1 del Reglamento de la Corte. * Durante el trámite inicial de este caso ante la Corte Interamericana, el señor Scot Cochran fue representado por Ana Briceño Ramírez, Francisco José Aguilar Urbina y Carlos Hernán Robles Macaya. A partir del 4 de mayo de 2022, empezó a ser representado por la abogada Maricel Gómez Murillo y el abogado Tomás Poblador Ramírez, defensora y defensor públicos interamericanos. 1 2 El señor Thomas Scot Cochran. 3 La señora Sandra Lynn Babcock.

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