RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS* DE 7 DE FEBRERO DE 2023 CASO RODRÍGUEZ VERA Y OTROS (DESAPARECIDOS DEL PALACIO DE JUSTICIA) VS. COLOMBIA SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en adelante “la Sentencia”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 14 de noviembre de 2014 1. 2. La Resolución de supervisión de cumplimiento de Sentencia emitida por la Corte el 10 de febrero de 2017, en relación con determinados aspectos relacionados con la reparación ordenada en el punto resolutivo vigésimo sexto de la Sentencia, relativa al pago de las indemnizaciones 2. 3. Los informes presentados por la República de Colombia (en adelante “el Estado” o “Colombia”) entre diciembre de 2015 y noviembre de 2022. 4. Los escritos presentados por los representantes de las víctimas (en adelante “los representantes”) 3 entre abril de 2015 y septiembre de 2020, y por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) entre abril de 2016 y abril de 2020. * El Juez Humberto A. Sierra Porto, de nacionalidad colombiana, no participó en el conocimiento y deliberación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte. 1 Cfr. Caso Rodríguez Vera y otros (Desaparecidos del Palacio de Justicia) Vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 14 de noviembre de 2014. Serie C No. 287. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_287_esp.pdf. La Sentencia fue notificada el 10 de diciembre de 2014. 2 Cfr. Caso Rodríguez Vera y otros (Desaparecidos del Palacio de Justicia) Vs. Colombia. Supervisión de cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 10 de febrero de 2017. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/rodriguez_10_02_17.pdf. 3 Las organizaciones Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” (CAJAR), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz y los abogados Jorge Molano y Germán Romero.

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