RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS*
DE 7 DE FEBRERO DE 2023
CASO RODRÍGUEZ VERA Y OTROS
(DESAPARECIDOS DEL PALACIO DE JUSTICIA) VS. COLOMBIA
SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA
VISTO:
1.
La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en
adelante “la Sentencia”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 14 de noviembre de
2014 1.
2.
La Resolución de supervisión de cumplimiento de Sentencia emitida por la Corte
el 10 de febrero de 2017, en relación con determinados aspectos relacionados con la
reparación ordenada en el punto resolutivo vigésimo sexto de la Sentencia, relativa al
pago de las indemnizaciones 2.
3.
Los informes presentados por la República de Colombia (en adelante “el Estado”
o “Colombia”) entre diciembre de 2015 y noviembre de 2022.
4.
Los escritos presentados por los representantes de las víctimas (en adelante “los
representantes”) 3 entre abril de 2015 y septiembre de 2020, y por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la
Comisión”) entre abril de 2016 y abril de 2020.
*
El Juez Humberto A. Sierra Porto, de nacionalidad colombiana, no participó en el conocimiento y
deliberación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de
la Corte.
1
Cfr. Caso Rodríguez Vera y otros (Desaparecidos del Palacio de Justicia) Vs. Colombia. Excepciones
Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 14 de noviembre de 2014. Serie C No. 287. El texto
íntegro
de
la
Sentencia
se
encuentra
disponible
en:
http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_287_esp.pdf. La Sentencia fue notificada el 10 de
diciembre de 2014.
2
Cfr. Caso Rodríguez Vera y otros (Desaparecidos del Palacio de Justicia) Vs. Colombia. Supervisión de
cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 10 de febrero de
2017. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/rodriguez_10_02_17.pdf.
3
Las organizaciones Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” (CAJAR), el Centro por
la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz y los abogados Jorge
Molano y Germán Romero.