RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS * DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2018 CASO TRABAJADORES CESADOS DE PETROPERÚ Y OTROS VS. PERÚ SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 23 de noviembre de 20171. En dicha Sentencia, la Corte declaró la responsabilidad internacional del Estado del Perú (en adelante “el Estado” o “Perú”) por la violación a los derechos a las garantías judiciales y la protección judicial, así como el derecho al trabajo, en perjuicio de 85 trabajadores de la empresa Petróleos del Perú (en adelante “Petroperú”), 25 trabajadores de la Empresa Nacional de Puertos (en adelante “Enapu”), 39 trabajadores del Ministerio de Educación (en adelante “Minedu”) y 15 trabajadores del Ministerio de Economía y Finanzas (en adelante “MEF”), con motivo de la falta de respuesta judicial adecuada y efectiva ante sus ceses colectivos ocurridos en la década de los noventa con base en el Decreto Ley No. 26120 de 30 de diciembre de 1992, en el marco de diversos procesos de racionalización y evaluación de personal llevados a cabo por las entidades públicas en las que laboraban. El Tribunal estableció que su Sentencia constituía por sí misma una forma de reparación y ordenó al Estado la adopción de medidas adicionales de reparación (infra Considerando 1). 2. Los escritos presentados por el Estado del Perú el 23 de marzo y el 28 de junio de 2018. 3. Los tres escritos de observaciones presentados por la interviniente común Carolina Loayza2, y por los intervinientes comunes Manuel E. Paiba Cossios y Gregorio Paredes La Jueza Elizabeth Odio Benito no asistió al 127º Período Ordinario de Sesiones de la Corte Interamericana por motivos de fuerza mayor, lo cual fue aceptado por el Pleno. Por esa razón no participó en la deliberación y firma de esta Resolución. 1 Cfr. Caso Trabajadores Cesados de Petroperú y otros Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 23 de noviembre de 2017. Serie C No. 344. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_339_esp.pdf. La Sentencia fue notificada al Estado el 20 de diciembre de 2017. 2 La interviniente común Carolina Loayza “representa a la totalidad de las víctimas de MEF y ENAPU”, y a 53 trabajadores de Petroperú. *

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