RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 26 DE JUNIO DE 2023 CASO GARCÍA RODRÍGUEZ Y OTRO VS. MÉXICO 1 SOLICITUD DE MEDIDAS PROVISIONALES VISTO: 1. El escrito de 27 de marzo de 2023, mediante el cual los representantes 2 solicitaron la adopción de medidas provisionales “para evitar una detención, aprehensión, reingreso o cualquiera otra forma análoga mediante la cual se pretenda privar de la libertad a Daniel García Rodríguez”. 2. La nota de 28 de marzo de 2023, mediante la cual la Secretaría de la Corte, siguiendo instrucciones del Pleno del Tribunal, solicitó observaciones sobre la solicitud de medidas provisionales al Estado y a la Comisión. 3. Los escritos de 31 de marzo de 2023 y sus anexos, mediante los cuales la Comisión y el Estado presentaron sus respectivas observaciones a la solicitud de adopción de medidas provisionales de 27 de marzo de 2023 (supra Visto. 1). 4. El escrito de 1 de abril de 2023, mediante el cual los representantes presentaron información complementaria a la solicitud de medidas provisionales (supra Visto. 1). 5. La nota de 4 abril de 2023, mediante la cual la Secretaría de la Corte, siguiendo instrucciones del Presidente, solicitó observaciones al Estado y a la Comisión sobre la información complementaria presentada por los representantes el 1 de abril de 2023 (supra Visto. 4). 6. El escrito de 9 de abril de 2023, mediante el cual los representantes remitieron sus observaciones a los escritos presentados por la Comisión y el Estado respecto a la solicitud de medidas provisionales presentada por los representantes (supra Visto. 3). 7. El escrito de 11 de abril de 2023 y su anexo, mediante los cuales el Estado remitió sus observaciones al escrito de observaciones presentado por la Comisión y a la información complementaria a la solicitud de medidas provisionales presentada por los representantes (supra Vistos. 4 y 5). 8. El escrito de 11 de abril de 2023 y su anexo, mediante el cual la Comisión remitió sus observaciones a la información complementaria a la solicitud de medidas provisionales presentada por los representantes (supra Visto. 4). El Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, de nacionalidad mexicana, no participó en la discusión de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 19.2 del Estatuto y 19 del Reglamento de la Corte. El Juez Rodrigo Mudrovitsch no participó en la discusión de la presente Resolución por motivos de fuerza mayor. 1 2 En este caso, se trata del “Colectivo Pena Sin Culpa”.

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