RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 26 DE JUNIO DE 2023
CASO GARCÍA RODRÍGUEZ Y OTRO VS. MÉXICO 1
SOLICITUD DE MEDIDAS PROVISIONALES
VISTO:
1.
El escrito de 27 de marzo de 2023, mediante el cual los representantes 2 solicitaron la
adopción de medidas provisionales “para evitar una detención, aprehensión, reingreso o
cualquiera otra forma análoga mediante la cual se pretenda privar de la libertad a Daniel García
Rodríguez”.
2.
La nota de 28 de marzo de 2023, mediante la cual la Secretaría de la Corte, siguiendo
instrucciones del Pleno del Tribunal, solicitó observaciones sobre la solicitud de medidas
provisionales al Estado y a la Comisión.
3.
Los escritos de 31 de marzo de 2023 y sus anexos, mediante los cuales la Comisión y
el Estado presentaron sus respectivas observaciones a la solicitud de adopción de medidas
provisionales de 27 de marzo de 2023 (supra Visto. 1).
4.
El escrito de 1 de abril de 2023, mediante el cual los representantes presentaron
información complementaria a la solicitud de medidas provisionales (supra Visto. 1).
5.
La nota de 4 abril de 2023, mediante la cual la Secretaría de la Corte, siguiendo
instrucciones del Presidente, solicitó observaciones al Estado y a la Comisión sobre la
información complementaria presentada por los representantes el 1 de abril de 2023 (supra
Visto. 4).
6.
El escrito de 9 de abril de 2023, mediante el cual los representantes remitieron sus
observaciones a los escritos presentados por la Comisión y el Estado respecto a la solicitud de
medidas provisionales presentada por los representantes (supra Visto. 3).
7.
El escrito de 11 de abril de 2023 y su anexo, mediante los cuales el Estado remitió sus
observaciones al escrito de observaciones presentado por la Comisión y a la información
complementaria a la solicitud de medidas provisionales presentada por los representantes
(supra Vistos. 4 y 5).
8.
El escrito de 11 de abril de 2023 y su anexo, mediante el cual la Comisión remitió sus
observaciones a la información complementaria a la solicitud de medidas provisionales
presentada por los representantes (supra Visto. 4).
El Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, de nacionalidad mexicana, no participó en la discusión de la
presente Resolución, de conformidad con los artículos 19.2 del Estatuto y 19 del Reglamento de la Corte. El Juez
Rodrigo Mudrovitsch no participó en la discusión de la presente Resolución por motivos de fuerza mayor.
1
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En este caso, se trata del “Colectivo Pena Sin Culpa”.