Cámara Nacional Electoral que argumentó que el artículo 16 de la ley 27.120 – que realiza tal equiparación – es inconstitucional. 31. El Estado indicó que tanto por el posible fuero en calidad de parlamentaria como por la presunta arbitrariedad de la detención de la señora Milagro Sala, actualmente se encuentran interpuestos recursos pendientes de resolución ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En este sentido, afirmó que discutir aspectos vinculados con el fondo de un caso a través de una medida cautelar implicaría una violación al principio de subsidiariedad. El Estado refirió que, habiendo transcurrido un año y cuatro meses desde que recibió la solicitud de información enviada por la Comisión respecto de la presente medida, parece claro que no se verifica elemento alguno para otorgar las medidas cautelares. 32. Finalmente, el Estado recordó que la Comisión históricamente ha consolidado una práctica destinada a considerar que el mecanismo de medidas cautelares no es el idóneo para abordar aquellas solicitudes que se encuentran relacionadas principalmente con presuntas faltas al debido proceso y a las garantías judiciales, enfatizando que “[…] resolver en el sentido que solicitan los peticionarios implicaría una novedad histórica en el trámite de medidas cautelares y un cambio de posición respecto de los antecedentes de la propia Comisión”. 3. Visita de la delegación de la Comisión Interamericana a Jujuy 33. El viernes 16 de junio de 2017 una delegación de la Comisión Interamericana conformada por el Presidente, Francisco Eguiguren, y la Comisionada Segunda Vicepresidenta, Esmeralda Arosemena, y personal de la Secretaría, efectuó una visita de trabajo a Jujuy, en el marco de la solicitud de medidas cautelares, y como resultado de una invitación del Estado argentino. La Comisión agradece todas las facilidades prestadas por el Estado para su realización, la cual se llevó a cabo sin ningún tipo de restricciones. 34. En la diligencia, la delegación se reunió en primer lugar con el Gobernador de la Provincia de Jujuy, Gerardo Morales y, con posterioridad, se trasladó al establecimiento penitenciario de la Unidad 3 de Mujeres “Alto Comedero”, donde entrevistó a la señora Milagro Sala. Al finalizar la visita, la delegación se reunió con autoridades penitenciarias. Tanto en la reunión con el Gobernador y diversas autoridades provinciales, como con la señora Milagro Sala y sus abogados, la delegación recibió información sobre la organización Túpac Amaru, su desarrollo en Jujuy y sus actividades presentes en la actualidad. Además, se recibió información sobre los procesos penales respecto de los cuales se encuentra siendo objeto, así como sobre las prisiones preventivas que tiene impuestas. 35. La delegación recibió información sobre presuntos hostigamientos de los que sería objeto la señora Milagro Sala dentro del penal. Así, la delegación fue informada sobre una vicedirectora de la Unidad que, tras tener serias diferencias con la señora Milagro Sala, le habría manifestado en una ocasión que “[…] si a esa negra de mierda no la han matado afuera, yo la mato acá”. En anteriores ocasiones dicha autoridad le habría dado alguna bofetada y una patada, presuntamente en represalia al liderazgo que ha obtenido para defender a otras internas. Luego de recibirse una denuncia de la señora Sala, dicha autoridad ya no se encontraba laborando en la Unidad y estaría siendo investigada. 36. Además, se informó a la delegación que la señora Sala tendría estrictamente prohibido hablar con periodistas y que las visitas que recibe no tienen permitido traer cualquier material que pudiese considerarse como “político”; incluyendo, fotografías o artículos sobre su propia persona. Se informó asimismo que a la salida de su celda se encuentra una mesa donde montan guardia dos custodias, siendo una de ellas la encargada de vigilarla constantemente. Dicho seguimiento se extendería a cualquier actividad que lleva a cabo al interior de la penitenciaría, tanto propias del trabajo y actividades en la -7-

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