Cámara Nacional Electoral que argumentó que el artículo 16 de la ley 27.120 – que realiza tal
equiparación – es inconstitucional.
31. El Estado indicó que tanto por el posible fuero en calidad de parlamentaria como por la presunta
arbitrariedad de la detención de la señora Milagro Sala, actualmente se encuentran interpuestos
recursos pendientes de resolución ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En este sentido, afirmó
que discutir aspectos vinculados con el fondo de un caso a través de una medida cautelar implicaría una
violación al principio de subsidiariedad. El Estado refirió que, habiendo transcurrido un año y cuatro
meses desde que recibió la solicitud de información enviada por la Comisión respecto de la presente
medida, parece claro que no se verifica elemento alguno para otorgar las medidas cautelares.
32. Finalmente, el Estado recordó que la Comisión históricamente ha consolidado una práctica
destinada a considerar que el mecanismo de medidas cautelares no es el idóneo para abordar aquellas
solicitudes que se encuentran relacionadas principalmente con presuntas faltas al debido proceso y a las
garantías judiciales, enfatizando que “[…] resolver en el sentido que solicitan los peticionarios implicaría
una novedad histórica en el trámite de medidas cautelares y un cambio de posición respecto de los
antecedentes de la propia Comisión”.
3. Visita de la delegación de la Comisión Interamericana a Jujuy
33. El viernes 16 de junio de 2017 una delegación de la Comisión Interamericana conformada por el
Presidente, Francisco Eguiguren, y la Comisionada Segunda Vicepresidenta, Esmeralda Arosemena, y
personal de la Secretaría, efectuó una visita de trabajo a Jujuy, en el marco de la solicitud de medidas
cautelares, y como resultado de una invitación del Estado argentino. La Comisión agradece todas las
facilidades prestadas por el Estado para su realización, la cual se llevó a cabo sin ningún tipo de
restricciones.
34. En la diligencia, la delegación se reunió en primer lugar con el Gobernador de la Provincia de
Jujuy, Gerardo Morales y, con posterioridad, se trasladó al establecimiento penitenciario de la Unidad 3
de Mujeres “Alto Comedero”, donde entrevistó a la señora Milagro Sala. Al finalizar la visita, la
delegación se reunió con autoridades penitenciarias. Tanto en la reunión con el Gobernador y diversas
autoridades provinciales, como con la señora Milagro Sala y sus abogados, la delegación recibió
información sobre la organización Túpac Amaru, su desarrollo en Jujuy y sus actividades presentes en la
actualidad. Además, se recibió información sobre los procesos penales respecto de los cuales se
encuentra siendo objeto, así como sobre las prisiones preventivas que tiene impuestas.
35. La delegación recibió información sobre presuntos hostigamientos de los que sería objeto la
señora Milagro Sala dentro del penal. Así, la delegación fue informada sobre una vicedirectora de la
Unidad que, tras tener serias diferencias con la señora Milagro Sala, le habría manifestado en una
ocasión que “[…] si a esa negra de mierda no la han matado afuera, yo la mato acá”. En anteriores
ocasiones dicha autoridad le habría dado alguna bofetada y una patada, presuntamente en represalia al
liderazgo que ha obtenido para defender a otras internas. Luego de recibirse una denuncia de la señora
Sala, dicha autoridad ya no se encontraba laborando en la Unidad y estaría siendo investigada.
36. Además, se informó a la delegación que la señora Sala tendría estrictamente prohibido hablar
con periodistas y que las visitas que recibe no tienen permitido traer cualquier material que pudiese
considerarse como “político”; incluyendo, fotografías o artículos sobre su propia persona. Se informó
asimismo que a la salida de su celda se encuentra una mesa donde montan guardia dos custodias, siendo
una de ellas la encargada de vigilarla constantemente. Dicho seguimiento se extendería a cualquier
actividad que lleva a cabo al interior de la penitenciaría, tanto propias del trabajo y actividades en la
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