RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 31 DE JULIO DE 2014 CASO COMUNIDAD GARÍFUNA PUNTA PIEDRA Y SUS MIEMBROS VS. HONDURAS VISTO: 1. El escrito de sometimiento del caso y el Informe de Fondo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”), el escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante el “escrito de solicitudes y argumentos”) de los representantes de las presuntas víctimas (en adelante “los representantes”), y el escrito de contestación al sometimiento del caso y de observaciones al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “escrito de contestación”) de la República de Honduras (en adelante “Honduras” o “el Estado”). 2. El escrito de los representantes de 25 de febrero de 2014, mediante el cual ofrecieron ciertas declaraciones. 3. La Resolución del Presidente de la Corte de 30 de mayo de 2014, mediante la cual declaró procedente la solicitud de las presuntas víctimas de acogerse al Fondo de Asistencia Legal 1. 4. Las listas definitivas de declarantes presentadas por el Estado, los representantes y la Comisión; la comunicación mediante la cual los representantes solicitaron la sustitución del perito propuesto, y las observaciones correspondientes a dichas listas. 5. Las observaciones presentadas por el perito propuesto por los representantes respecto de la recusación presentada por el Estado. 6. El escrito de los representantes de 28 julio de 2014, mediante el cual solicitaron la sustitución de la modalidad para rendir declaración por parte de los testigos y presuntas víctimas. CONSIDERANDO QUE: 1. El ofrecimiento y la admisión de la prueba, así como la citación de presuntas víctimas, testigos y peritos se encuentran regulados en los artículos 35.1.f, 40.2.c, 41.1.c, 46, 47, 48, 49, 50 y 57 del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”). 2. 1 Al someter el caso, la Comisión ofreció como prueba el dictamen pericial del Cfr. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Comunidad Garífuna Punta Piedra y sus miembros Vs. Honduras. Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de 30 de mayo de 2014. Disponible en http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/garifuna_fv_14.pdf.

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