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conocimiento del sistema judicial. El choque cultural mas alarmante debe haber sido
comprobar que las autoridades no hacían cumplir las leyes del Ecuador.
Alegatos de los representantes de la víctima y sus familiares
240.
Los representantes de la víctima y sus familiares señalaron :
Respecto al “daño moral” del señor Daniel Tibi, que:
la violación a su integridad personal involucra el sufrimiento en distintos
a)
ámbitos: físico, psíquico y moral. A más de ocho años de ocurridos los hechos,
reflejados en las secuelas físicas y psicológicas que aún sufre, el señor Daniel Tibi no
podrá recuperarse totalmente de todos los perjuicios que el Estado ecuatoriano le
causó. Las torturas provocaron la ruptura de su personalidad y sus lazos familiares.
Hubo un cambio radical en su vida, que lo puso en una situación de desventaja que
perdura hasta la fecha. El señor Tibi tiene problemas psicológicos importantes, tales
como: pesadillas, irritabilidad, síndrome depresivo, depresión, comportamientos de
hiper vigilancia y fatiga;
el daño moral también se origina en la ilegalidad y arbitrariedad de su
b)
detención, la impotencia para demostrar su inocencia, la falta de investigación de la
tortura, la duración excesiva de la prisión preventiva, las pésimas condiciones
carcelarias que sufrió y las demás violaciones que han sido detalladas en el escrito
de demanda;
el Estado debe compensarlo con una justa indemnización, que asciende a
c)
US$100.000,00 (cien mil dólares de los Estado Unidos de América);
d)
los daños ocasionados a la víctima y el sufrimiento provocado a su familia han
dejado secuelas que requieren tratamiento médico y psicólogo. Debe incluirse un
rubro para los gastos futuros de dichos tratamientos, suma que deberá ser
entregada a todos los miembros de la familia, en especial al señor Tibi, quien todavía
padece de serios daños psíquicos y dolencias físicas, tales como cáncer;
e)
las violaciones a sus derechos humanos privaron al señor Tibi de la posibilidad
de desarrollar su “proyecto de vida”, impidiéndole alcanzar las metas personales,
profesionales y familiares que se había planteado junto a su familia. El señor Tibi
tenía planes concretos tanto profesionales como personales para su futuro; estos
planes quedaron descartados cuando fue privado de libertad arbitrariamente más de
dos años. Las violaciones de las que fue objeto el señor Tibi alteraron gravemente el
curso que normalmente habría seguido su vida; impidieron la realización de su
vocación, aspiraciones, potencialidades, y causaron que nunca más pueda desarrollar
actividades físicas normales. Los representantes solicitaron a la Corte que ordene al
Estado reparar el daño producido al “proyecto de vida” del señor Tibi;
Respecto al “daño moral” de los familiares del señor Daniel Tibi que:
éstos también sufrieron las consecuencias de las violaciones a los derechos
f)
humanos. La señora Beatrice Baruet se trasladaba todos los viernes a la ciudad de
Guayaquil y permanecía ahí el fin de semana; igualmente viajaba durante sus
vacaciones; constató las lesiones del señor Tibi, lo que le produjo dolor y
desesperación. La menor Sarah Vachon, hija de la señora Beatrice Baruet, fue
enviada a Francia y no pudo estar con su familia por alrededor de dos años; Jeanne
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