RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 30 DE MARZO DE 2022 CASO BARRIOS ALTOS Y CASO LA CANTUTA VS. PERÚ SOLICITUD DE MEDIDAS PROVISIONALES VISTO: 1. Las Sentencias de Fondo, Interpretación de la Sentencia de Fondo, y de Reparaciones y Costas emitidas por la Corte Interamericana de Derechos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) los días 14 de marzo, 3 de septiembre y 30 de noviembre de 2001, respectivamente, en el caso Barrios Altos; así como la Sentencia de Fondo, Reparaciones y Costas, y la Interpretación de la Sentencia emitidas por el Tribunal los días 29 de noviembre de 2006 y 30 de noviembre de 2007, respectivamente, en el caso La Cantuta. El Tribunal ordenó a la República del Perú (en adelante “el Estado” o “Perú”), en ambos casos, la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar a los responsables de las graves violaciones a derechos humanos. 2. Las Resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia emitidas por la Corte en los casos Barrios Altos y La Cantuta1, particularmente la dictada el 30 de mayo de 20182. 3. Los escritos de 16 y 17 de marzo de 2022 y sus anexos, mediante los cuales los representantes de las víctimas (en adelante “los representantes”)3 remitieron una solicitud de medidas provisionales, “con base en lo dispuesto en el artículo 63 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos […] y el artículo 27 del Reglamento” de la Corte (en adelante “el Reglamento”). Además, solicitaron que se convoque “a una audiencia pública de supervisión de cumplimiento de la sentencia y medidas provisionales”. 4. El escrito de observaciones a la solicitud de medidas provisionales y sus anexos, presentados por el Estado el 25 de marzo de 2022. Esta Resolución fue deliberada y aprobada durante el 147 Período Ordinario de Sesiones, el cual, debido a las circunstancias excepcionales ocasionadas por la pandemia COVID-19, se llevó a cabo de forma no presencial utilizando medios tecnológicos de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Corte. 1 Dichas Resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia se encuentran disponibles en: https://www.corteidh.or.cr/supervision_de_cumplimiento.cfm. 2 Disponible en https://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/barriosaltos_lacantuta_30_05_18.pdf 3 La Asociación Pro-Derechos Humanos (APRODEH), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), el Instituto de Defensa Legal (IDL), la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ), la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH), y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH). *

Select target paragraph3