12 * * * 53. Los días 31 de enero, 15 y 25 de febrero, 2, 14 y 25 de marzo, 1, 13 y 14 de abril, y 3 de junio de 2005, la Corte recibió diversos amici curiae de las siguientes personas, organizaciones e instituciones: a) Centre on Housing Rights and Evictions (COHRE); b) Asociación Civil de Centros Comunitarios de Aprendizaje (CECODAP); c) Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM); d) Minority Rights Group International (MRG); e) profesora Katarina Tomasevski; f) Secretaría Ampliada de la Red de Encuentro Domínico Haitiano Jacques Viau (RED), conformada por el Centro Cultural Domínico Haitiano (CCDH), el Movimiento Sociocultural de los Trabajadores Haitianos (MOSCTHA), el Servicio Jesuita a Refugiados y Migrantes (SRJM-RD), el Centro Dominicano de Investigaciónes Legales (CEDAIL) y la Asociación Pro-Desarrollo de la Mujer y el Medio Ambiente, Inc. (APRODEMA); g) Comparative International Education Society (CIES); h) Themis Foundation en cooperación con la University of Ottawa School of Law; i) Open Society Justice Initiative, y j) Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Servicio de Apoyo y Orientación a Inmigrantes y Refugiados (CAREF), Clínica Jurídica para los Derechos de Inmigrantes y Refugiados (Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, CELS y CAREF) y señor Christian Courtis, Profesor de la Universidad de Buenos Aires y del Instituto Tecnológico Autónomo de México. 54. Los días 4 y 15 de abril, y 7 de junio de 2005 la Secretaría transmitió copias de los referidos amici curiae a la Comisión, a los representantes, al Estado y a las personas, organizaciones o instituciones. V EXCEPCIONES PRELIMINARES 55. El Estado interpuso las siguientes excepciones preliminares: el “[…] no agotamiento de los recursos de la jurisdicción interna del Estado […] ” y el “[n]o cumplimiento [de la] Solución Amistosa presentada por la Comisión y acogida por el Estado […]” en el escrito de contestación de la demanda. Posteriormente, en la audiencia pública celebrada los días 14 y 15 de marzo de 2005 en la sede de la Corte, el Estado alegó como excepción preliminar la “[f]alta de competencia ratione temporis” de la Corte. * * * PRIMERA EXCEPCIÓN PRELIMINAR No agotamiento de los recursos de la jurisdicción interna del Estado

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