8 Por tanto La Presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 63.2, 67 y 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el artículo 25.1 y 25.2 del Estatuto de la Corte, y los artículos 4, 14.1, 25.6, 25.7 y 29.2 del Reglamento de la Corte y, en consulta con los demás Jueces del Tribunal, Resuelve: 1. Convocar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los representantes de las víctimas y de los beneficiarios y al Estado de Colombia a una audiencia que se celebrará en la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos el día 20 de enero de 2009, a partir de las 17:30 horas y hasta las 19:00 horas, con el propósito de que la Corte reciba información de las partes sobre la implementación de las medidas provisionales y obtenga información por parte del Estado sobre el cumplimiento de la Sentencia de fondo, reparaciones y costas emitida en el presente caso, y escuche las observaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de los representantes de las víctimas al respecto, de conformidad con los Considerandos 6, 12, 17, 22, y 23 a 27 de la presente Resolución. 2. Requerir a la Secretaría que notifique la presente Resolución al Estado de Colombia, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los representantes de las víctimas y de los beneficiarios. Ceclia Medina Quiroga Presidenta Pablo Saavedra Alessandri Secretario

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