detenido en su lugar de trabajo por efectivos de Carabineros de Chile. De allí fue trasladado a la Cárcel Pública de la Serena donde quedó a disposición de funcionarios militares. Mientras permanecía detenido, su domicilio fue allanado de forma ilegal por Carabineros de Chile que buscaba pruebas para incriminarlo. El 16 de octubre de 1973, el señor Hipólito Pedro Cortés Álvarez fue ejecutado junto con otras 14 personas en el Regimiento Militar Arica. De acuerdo con la petición, esta ejecución fue realizada por orden de funcionarios de la denominada “Caravana de la Muerte”, cuya jefatura militar informó, a través de la prensa, que “Conforme a lo dispuesto por los Tribunales Militares en tiempo de Guerra se ejecutó a las siguientes personas… entre las cuales figura Hipólito Pedro Cortés Álvarez y otras 14 personas”. La petición denuncia igualmente que el cadáver del señor Cortés fue inhumado ilegalmente en una fosa común del Cementerio La Serena. 6. Según lo señalado por el peticionario, estos hechos fueron reconocidos por el Estado chileno a través del Informe Oficial de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (“Comisión Rettig”), el cual señaló que las quince ejecuciones habían sido realizadas por funcionarios oficiales al margen de todo proceso legal y que los cuerpos habían sido sepultados de manera clandestina. Aduce el peticionario que sólo hasta 1998, un vez advenido el régimen democrático, se pudo realizar la exhumación de restos de la mencionada fosa común, los cuales permitieron establecer que el señor Osorio había sido torturado antes de ser asesinado. 7. El peticionario alega que estos hechos fueron investigados judicialmente por tribunales militares que no llegaron a ninguna conclusión positiva, dictándose sobreseimiento definitivo de la causa con base en la ley de amnistía. No obstante, señala que a partir de 1998 se comenzaron a interponer querellas contra Augusto Pinochet en la Corte de Apelaciones de Santiago, “logrando hacer avanzar la investigación denominada la Caravana de la Muerte, procesando a un importante número de militares. Dicho proceso se encuentra actualmente en tramitación. 8. En el año 1999, luego del reconocimiento que hizo la “Comisión Rettig” y el hallazgo del cadáver, la esposa y los hijos del señor Cortés presentaron una demanda por indemnizaciones ante el Segundo Juzgado Civil de la Serena (Caso Corte con Fisco de Chile, Rol 112299). El 9 de marzo de 2001, el Segundo Juzgado Civil acogió la demanda y condenó al Estado de Chile a pagar la suma de quince millones de pesos para cada uno de los demandantes. Contra este fallo, el Fisco de Chile interpuso un recurso de apelación ante la Corte de 3

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