-37- 115. Antes de irse, los paramilitares pintaron en la superficie exterior de los vehículos “Fuera el MAS, fuera los paramilitares”, a fin de asegurar que la autoría de la masacre fuera atribuida a los grupos guerrilleros. Antes de emprender la retirada se apropiaron de veintitrés de los veinticinco expedientes que portaba la Comisión Judicial. 116. Solamente tres miembros de la Comisión Judicial sobrevivieron a dicha masacre, “[p]or circunstancias imprevisibles, por el azar”102. En medio de enormes tribulaciones por el momento superado mientras sus compañeros habían sucumbido, además de los sufrimientos físicos por las heridas sufridas, los tres sobrevivientes lograron encender uno de los vehículos y desplazarse de la zona de la masacre, hasta que el vehículo dejó de funcionar cuando habían recorrido aproximadamente tres kilómetros hacia Barrancabermeja. Los sobrevivientes Manuel Libardo Díaz Navas y Wilson Humberto Mantilla Castilla lograron escapar alcanzando a pedir ayuda a personas que pasaron en un camión repartidor de gaseosas cerca de la zona donde dejó de funcionar el vehículo. Sin embargo, el sobreviviente Arturo Salgado Garzón, quien se encontraba herido de bala en un glúteo y en la cabeza, se quedó en dicha zona esperando ayuda103. 117. Tal como relató el señor Salgado, durante cinco horas se quedó sólo, atado y herido, escondiéndose cerca del lugar de la masacre, esperando que vinieran a ayudarlo. Durante ese largo tiempo tuvo miedo de “que de pronto volvían a rematar[lo]”. Aproximadamente a las 17:00 horas llegaron unos periodistas de Vanguardia Liberal y le ayudaron llevándolo a una clínica. Ninguna autoridad de la Fuerza Pública llegó en su ayuda, a pesar que había un cuartel militar a unos quince minutos y otro a unos cuarenta minutos104. 118. Inclusive, después de tales hechos, el Estado no garantizó al señor Salgado Garzón asistencia médica adecuada para atender las heridas, y en la clínica incluso le dejaron una parte de la bala en el glúteo105. 119. Con posterioridad a la masacre, las tres víctimas sobrevivientes tuvieron que vivir durante tres meses en un apartamento que les proporcionó la Dirección de Instrucción Criminal, bajo vigilancia, ya que no podían ir a sus casas por razones de seguridad. Debido a las amenazas que recibieron, el Director de Instrucción Criminal decidió comisionarlos a diferentes ciudades de Colombia106. 120. La víctima Arturo Salgado Garzón107 relató que fue una época en que tuvo “muy poco” contacto con su familia, la cual inclusive tuvo que dejar la casa en que vivían. Luego lo enviaron a España por un año. Según expresó el señor Salgado Garzón estos hechos y circunstancias le “cambi[aron] totalmente la vida”. Asimismo, afirmó que el Estado lo mantuvo en “pésimas” condiciones económicas, ya que para enfrentar esta situación solamente recibía su salario. 102 Cfr. sentencia emitida el 14 de noviembre de 1990 por el Tribunal Superior de Orden Público (expediente de anexos a la demanda, Tomo I, anexo A32, folio 451). 103 Cfr. declaración testimonial rendida por Arturo Salgado Garzón en la audiencia pública ante la Corte Interamericana celebrada los días 31 de enero y 1 de febrero de 2007. 104 Cfr. supra nota 103. 105 Cfr. supra nota 103. 106 Cfr. supra nota 103. 107 Cfr. supra nota 103.

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