RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 10 DE DICIEMBRE DE 2019 CASO GUZMÁN ALBARRACÍN Y FAMILIARES VS. ECUADOR CONVOCATORIA A AUDIENCIA VISTO: 1. El escrito de sometimiento del caso y el Informe de Fondo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”); el escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante el “escrito de solicitudes y argumentos”) de las representantes de las presuntas víctimas (en adelante “las representantes”), y el escrito de contestación al sometimiento del caso y al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “escrito de contestación”) del Estado de Ecuador (en adelante “Ecuador” o “el Estado”). 2. Las listas definitivas de declarantes presentadas por las representantes, el Estado y la Comisión el 30 de octubre de 2019. 3. Las observaciones a las referidas listas definitivas de declarantes, presentadas el 12 de noviembre de 2019 por las representantes, el Estado y la Comisión. 4. Las recusaciones propuestas el 12 de noviembre de 2019 por los representantes y el Estado contra la intervención de, respectivamente, los señores Freddy Herrera Almagro e Iván Patricio Jácome, ofrecidos como peritos por el Estado y la señora Ximena Cortés y el señor José Mario Nájera Ochoa, cuyas declaraciones periciales fueron ofrecidas por las representantes. 5. Las observaciones de José Mario Nájera Ochoa, Freddy Herrera Almagro, Iván Patricio Jácome y Ximena Cortes a las recusaciones presentadas en su contra, recibidas la primera el 18 de noviembre de 2019, la segunda y la tercera el día siguiente y la cuarta el 20 del mismo mes. CONSIDERANDO QUE 1. El ofrecimiento y la admisión de la prueba, se encuentran regulados en los artículos 35.1, 40.2, 41.1, 46, 47, 48, 50, 51, 57 y 58 del Reglamento del Tribunal. 2. La Comisión ofreció como prueba dos declaraciones periciales. Las representantes ofrecieron las declaraciones de dos presuntas víctimas y cuatro declaraciones periciales. El Estado, por su parte, propuso seis declaraciones periciales. 3. La Comisión indicó que no tenía observaciones que formular respecto a las listas definitivas de declarantes ofrecidas por el Estado y las representantes. Sin perjuicio de ello, solicitó se le conceda la oportunidad de formular preguntas a la señora Lidia Casas, ofrecida por las representantes como perita. 1