las 15 personas identificadas por la Comisión, así como las detenciones de 14 de ellas, con los hechos que justificaron la adopción de medidas provisionales en el Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Además, si bien es cierto que los hechos que motivan una solicitud de medidas provisionales o ampliación de las mismas no requieren estar plenamente comprobados, sí se requiere un mínimo de detalle e información que permita apreciar prima facie una situación de extrema gravedad y urgencia 21, la cual se puede determinar a partir de la valoración del conjunto de factores o circunstancias políticas, históricas, culturales o de cualquier otra índole que afectan al propuesto beneficiario o lo ubican en una situación de vulnerabilidad en un determinado momento y lo exponen a recibir lesiones a sus derechos22. En razón de lo anterior, el Tribunal procederá a continuación a (1) referirse al contexto actual de Nicaragua, en el que se enmarcan los hechos informados por la Comisión para, posteriormente, (2) abordar la situación específica de cada uno de los propuestos beneficiarios y determinar si es procedente la solicitud de ampliación de las medidas provisionales. 1. Respecto al contexto actual de Nicaragua Según se desprende de la información presentada y de la prueba documental aportada, esta Corte observa que se mantiene el contexto identificado por la Corte en la Resolución de 24 de junio de 202123. En ese sentido, “la situación de especial riesgo y vulnerabilidad de las personas pertenecientes a la oposición o identificadas como opositoras al actual Gobierno del país”, persiste 24. Por otra parte, esta Corte observa que lo sucedido a las quince personas identificadas por la Comisión Interamericana se enmarca en el mismo patrón que fue identificado en la Resolución del 24 de junio de 2021. Así, las detenciones y procesos penales iniciados hacen parte de un contexto de hostigamiento a quienes se manifiestan en oposición a las políticas del actual gobierno de Nicaragua, sus colaboradores más cercanos y trabajadores, el cual se ha visto exacerbado este año ante la inminencia de las elecciones generales que tendrán lugar en los próximos días. Además, tal como ocurre con los beneficiarios de las medidas provisionales ya adoptadas, las detenciones de 14 de los propuestos beneficiarios, son la muestra más extrema del proceso de hostigamiento y persecución en su contra 25. Dicha persecución se enmarca en la aplicación de una serie de normas, mediante las cuales se han criminalizado las Cfr. Asunto de los niños y adolescentes privados de libertad en el "Complexo do Tatuapé” da FEBEM respecto Brasil. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 4 de julio de 2006, Considerando 23 y Caso 19 Comerciantes Vs. Colombia. Ampliación de Medidas Provisionales. Resolución de la Presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2 de abril de 2020, Considerando 19. 21 Cfr. Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de junio de 2021, Considerando 19, y Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Adopción de Medidas Urgentes en favor de Deisy Tamara Dávila Rivas y su núcleo familiar, supra, Considerando 22. 22 Cfr. Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de junio de 2021, Considerandos 21 al 24. 23 Cfr. Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de junio de 2021, Considerando 24. 24 Cfr. Asunto Juan Sebastián Chamorro y otros respecto de Nicaragua. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de junio de 2021, Considerando 34. 25

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