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388. Los representantes solicitaron que se adopten medidas contra el estigma y la
discriminación, como la sensibilización de la sociedad, la policía y la judicatura; además de
capacitaciones a los trabajadores en salud sobre no discriminación, confidencialidad y
consentimiento informado, así como prestar apoyo a las campañas nacionales de aprendizaje
sobre derechos humanos. También, requirieron que se asegure que las respuestas del Estado
frente al VIH y el SIDA satisfagan las necesidades específicas de niñas, mujeres, personas
pobres y sus familias, a lo largo de su vida. Finalmente, en sus alegatos finales escritos,
solicitaron que se realice difusión sobre el VIH y la necesidad de respetar a las personas que
viven con VIH a nivel nacional, educacional y en otros ámbitos de la vida social.
389. El Estado resaltó, respecto a la política pública en educación, que el derecho a la
educación “constituye un área prioritaria en el tema de implementación de políticas públicas
vinculadas a la construcción del buen vivir”. Además, señaló que la educación, primaria y
superior en el Ecuador, es gratuita y universal, “y proporciona sin costo, servicios de carácter
social y de apoyo psicológico” en el marco del sistema de inclusión y equidad social.
Asimismo, indicó que el Ministerio de Educación cuenta con un Programa Nacional de
Educación para la Democracia y el Buen Vivir, que funciona como un “mecanismo de
participación y promoción de derechos” y contempla temas de educación para la sexualidad,
educación ambiental, educación para la salud, educación preventiva del uso indebido de
drogas, orientación y bienestar estudiantil, y educación familiar.
390. En este sentido, el Estado hizo referencia al Acuerdo Ministerial No. 436 adoptado en
2008, en el que el Ministerio de Educación acordó “[garantizar] a los niños, niñas,
adolescentes y jóvenes víctimas del VIH/SIDA que pertenecen al Sistema Educativo
Nacional[,] sin discriminación, ni limitaciones de ningún tipo, el ejercicio pleno de sus
derechos”; así como “[encargar] a las Subsecretarías Regionales de Educación y a las
Direcciones Provinciales[,] a través de la Supervisión Educativa, la responsabilidad de
verificar, controlar y realizar el seguimiento” del Acuerdo. Además, el Estado manifestó que
el Consejo de Educación Superior, mediante la Resolución No. 166 de 2009, prohibió “la
exclusión de la comunidad académica a una persona que vive con VIH-SIDA, en virtud de
que violenta el principio de no discriminación”, y ordenó disponer a las instituciones de
educación superior “la incorporación de la respuesta al VIH en la cultura, políticas
institucionales, estructuras, procesos, planes de estudio y presupuesto de la institución”.
391. Por otra parte, el Ecuador alegó que las políticas empleadas respecto al VIH “se
encuentran amparadas en las garantías de respeto, protección y promoción de derechos
humanos, e inclusive ha[n] sido avalad[a]s por organismos internacionales”. En este sentido,
resaltó que en su Constitución se establece el derecho al trato igualitario y la atención
prioritaria para grupos vulnerables. Señaló que cuenta con un bono de US$ 240,00
(doscientos cuarenta dólares de los Estados Unidos de América) que se otorga a favor de las
personas con discapacidad severa o con enfermedades catastróficas, raras o huérfanas, así
como a todos los menores de catorce años viviendo con VIH/SIDA401. Para el otorgamiento
de dicho bono, informó que la Secretaría Técnica de Discapacidades emitió en el año 2014 un
Instructivo técnico para la inclusión, exclusión y bloqueo temporal de las personas con
discapacidad severa en situación socioeconómica crítica, de las personas con enfermedades
catastróficas, raras o huérfanas en situación socioeconómica crítica y menores de 14 años
viviendo con VIH-SIDA en situación socioeconómica crítica; donde establece los requisitos y
procesos a seguir para obtener los beneficios.
401
El Estado señaló que a través del Decreto Ejecutivo No. 422 de 6 de agosto de 2010 se creó el Bono
Joaquín Gallegos Lara, a favor de “las personas con discapacidad severa y profunda en situación crítica que no
pueden gobernarse por sí mismos, […] o, con enfermedades catastróficas, raras o huérfanas […] así como todos los
menores de catorce años viviendo con VIH[/SIDA]”.