54.
De acuerdo con el relato del Estado, el 2 de julio de 2010, agentes estales (no se indica de qué agencia)
efectuaron una visita al campo Armadillo donde se determinó la inexistencia de actividades que comprometan
la salud o la integridad personal de los PIAV y el 8 de julio funcionarios de Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos y del Ministerio de Defensa Nacional verificaron la inexistencia de actividades petroleras y ausencia
de todo tipo de actividad extractiva en el campo Armadillo72. No se incorporaron al expediente los documentos
respecto de estas determinaciones.
55.
El 16 de julio 2011 el Comité de Licitación Hidrocarburifera del Ministerio de Recursos Naturales No
Renovables abrió el concurso de licitación a compañías nacionales y extranjeras para la exploración y
explotación petrolera de seis campos marginales, entre los que se encontraba el campo Armadillo73.
2.
Las muertes ocurridas en 2003, 2006 y 2013
56.
La Comisión observa que entre los años 2003 y 2013, ocurrieron tres hechos de violencia que
involucran muertes de miembros de los PIAV, los Waorani y madereros ilegales. Al respecto, la CIDH encuentra
que existe poca documentación respecto de tales sucesos en el expediente, por lo que la mayor parte de la
información consignada fue tomada del relato de las partes.
2.1.
Las primeras muertes violentas e información disponible sobre la investigación judicial
57.
La CIDH observa que no existe discrepancia entre las partes sobre la ocurrencia de muertes violentas el
26 de mayo de 2003. Según la parte peticionaria, entre 12 y 26 miembros del pueblo Taromenane fueron
asesinados por nueve indígenas Waorani de la región amazónica de Tingüino de Ecuador. Según la narración,
los Waorani que perpetraron el asesinato, se movilizaron hacia el sitio Cuchiyacu, en el límite entre las
Provincias de Pastaza y Orellana, en el Oriente Ecuatoriano. Señalaron que después de ubicar un asentamiento
Taromenane, atacaron sorpresivamente asesinando a varias personas, entre ellas niños y se llevaron la cabeza
de los hombres como “trofeo”74. La parte peticionaria indicó que las chozas Taromenane fueron quemadas y
los cuerpos cercenados. Sostuvo que, según los Waorani que participaron en estos hechos, “la matanza tuvo
como fin vengar la muerte de Carlos Ima [indígena Waorani], quien fue asesinado por los Taromenane
hace diez años”75. Sin embargo, la parte peticionaria indicó que la masacre fue “instigada por taladores ilegales
quienes habrían financiado la expedición debido a constantes conflictos con pueblos aislados”76.
58.
Posterior a la masacre, la Fiscalía General del Estado inició el procedimiento penal No. 347-200377. La
parte peticionaria señaló que el Agente Fiscal de Pastaza inició una investigación, visitó el asentamiento y revisó
evidencia. En el curso de estas diligencias, encontró doce cadáveres en la choza y área circundante, pero indicó
que no se descarta la existencia de más cadáveres escondidos en la selva. La parte peticionaria refiere que, de
acuerdo con la investigación “El Exterminio de los Pueblos Ocultos” de Miguel Ángel Cabodevilla la investigación
no se completó y los autores no fueron juzgados 78 . La parte peticionaria también señaló que la falta de
investigación se debió a que los oficiales públicos trataron el caso como un asunto de justicia indígena, no
obstante la evidencia de que el grupo masacrado era distinto de los Waorani que perpetraron el ataque79.
59.
El Estado ecuatoriano no aportó información oficial alguna sobre las investigaciones llevadas a cabo ni
sus resultados.
2.2.
Las segundas muertes violentas e información disponible sobre la investigación judicial
Escrito del Estado de 9 de septiembre de 2010.
Anexo 44. Documento remitido por la Defensoría del Pueblo de Ecuador de 12 de julio de 2011.
74 Escrito de la parte peticionaria de 4 de mayo de 2006.
75 Escrito de la parte peticionaria de 4 de mayo de 2006.
76 Escrito de la parte peticionaria de 19 de mayo de 2010.
77 Escrito de la parte peticionaria de 3 de febrero de 2015.
78 Escrito de la parte peticionara de 19 de mayo de 2010.
79 Escrito de la parte peticionaria de 19 de mayo de 2010.
72
73
12