COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
RESOLUCIÓN 73/2018
Medidas cautelares No. 1130-18
I.
Mónica López Baltodano y su núcleo familiar respecto de Nicaragua
INTRODUCCIÓN
27 de septiembre de 2018
1. Durante la visita de trabajo realizada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en
lo sucesivo “la Comisión Interamericana”, “la Comisión” o “la CIDH”), entre el 17 al 21 de mayo de 2018,
recibió diversas solicitudes de medidas cautelares, instando a que requiera al Estado de Nicaragua (en
adelante “el Estado”), la protección de la vida e integridad personal de personas que se encontrarían en
una situación de riesgo como resultado de los hechos de violencia que tendrían lugar desde el 18 de abril
de 2018. La Comisión ha continuado dando seguimiento a la situación y solicitudes de medidas cautelares
recibidas durante y después de la visita. Según la solicitud recibida 1, la propuesta beneficiaria sería
defensora de los derechos humanos y ambientales y estaría siendo objeto de amenazas, hostigamientos,
intimidaciones y agresiones en el marco de sus labores y especialmente tras las protestas del 18 de abril
de 2018 en Nicaragua.
2. Tras analizar la información disponible, a la luz del contexto aplicable y las constataciones
realizadas, la Comisión considera que la información presentada demuestra prima facie que los derechos
a la vida e integridad personal de Mónica López Baltodano y de su núcleo familiar, quienes son
susceptibles de identificación, se encuentran en una situación de gravedad y urgencia. En consecuencia,
de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento, la Comisión solicita al Estado de Nicaragua que: a) adopte
las medidas necesarias para garantizar los derechos a la vida e integridad personal de Mónica López
Baltodano y su núcleo familiar, quienes son susceptibles de identificación. En particular, el Estado debe
tanto asegurar que sus agentes respeten los derechos de los beneficiarios de conformidad con los
estándares establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos, como en relación con
actos de riesgo atribuibles a terceros; b) concierte las medidas a adoptarse con las beneficiarias y sus
representantes; y c) informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que
dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y evitar así su repetición.
II.
ANTECEDENTES
3. La Comisión tomó conocimiento sobre protestas realizadas durante el mes de abril de 2018 en
rechazo al anuncio de reformas al sistema de seguridad social en Nicaragua, las cuales ocurrieron con
posterioridad a una protesta que se realizó por un incendio que tuvo lugar en la reserva “Indio Maíz”. Tras
conocer sobre la represión realizada contra las protestas y la muerte de al menos 20 personas, la Comisión
emitió un comunicado de prensa condenando los hechos y haciendo un llamado a las autoridades, entre
otros aspectos, a investigar de forma pronta y exhaustiva la conducta policial durante estas
manifestaciones, y establecer las sanciones correspondientes 2. Por su parte, el 20 de abril la Secretaría
General de la Organización de los Estados Americanos expresó su condena contra la violencia llamando a
la paz, al respeto a la institucionalidad y a esclarecer los crímenes cometidos 3. La Oficina del Alto
Comisionado de Derechos Humanos de la ONU expresó asimismo su preocupación por la muerte de
personas y decenas habrían resultado heridas en Nicaragua durante las protestas 4.
Los solicitantes son el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Iniciativa Nicaragüense de Defensoras de Derechos Humanos
(IND).
2 CIDH, CIDH expresa preocupación por muertes en el contexto de protestas en Nicaragua, 24 de abril de 2018.
3
OEA, Comunicado de prensa sobre violencia en Nicaragua, comunicado C-023/18 de 10 de abril de 2018, disponible en
http://www.oas.org/es/centro_noticias/comunicado_prensa.asp?sCodigo=C-023/18
4 Naciones Unidas, El Gobierno de Nicaragua debe evitar los ataques contra manifestantes y medios de comunicación, 20 de abril de 2018,
disponible en https://news.un.org/es/story/2018/04/1431632
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