4
e) Sometimiento a la Corte. – El 20 de enero de 2012 la Comisión sometió a la jurisdicción de la
Corte Interamericana la totalidad de los hechos y violaciones de derechos humanos descritos
en el Informe de Fondo, en virtud de que "las violaciones a las garantías judiciales y
protección judicial ocurrieron como consecuencia de la vigencia de la norma que establecía el
juzgamiento de altos funcionarios en única instancia, así como de la falta de implementación
de las normas constitucionales que regula[ban] el control constitucional y contempla[ban] la
creación de una Corte Constitucional". La Comisión también señaló que ”el caso plantea un
aspecto de derecho novedoso en cuanto al alcance del principio de [retroactividad] establecido
en el artículo 9 de la Convención Americana cuando se trata de normas de naturaleza procesal
pero que pueden tener efectos sustantivos". La Comisión designó a la Comisionada Dinah
Shelton y al entonces Secretario Ejecutivo, Santiago Canton como delegados en este caso, así
como a la Secretaria Ejecutiva Adjunta Elizabeth Abi-Mershed, a los especialistas Silvia
Serrano Guzmán, Mario López-Garelli y Hilaire Sobers, como asesores legales.
3.
Solicitudes de la Comisión Interamericana. – Con base en lo anterior, la Comisión
solicitó a la Corte que declare la responsabilidad internacional del Estado por la violación de:
a) el artículo 8 de la Convención; b) el artículo 9 de la Convención; c) el artículo 22 de la
Convención, y d) el artículo 25 de la Convención, todos ellos en perjuicio de Liakat Ali
Alibux.
II
PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE
4.
Notificación al Estado y a la presunta víctima. - El sometimiento del caso por la
Comisión fue notificado al Estado y la presunta víctima el 9 de marzo de 2012.
5.
Escrito de solicitudes, argumentos y pruebas. - La presunta víctima no presentó ante
la Corte su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, sino que el 2 de mayo de 2012
presentó ante la Comisión Interamericana, una declaración en la que optó por adherirse a
las propuestas formuladas por la misma. La Comisión remitió dicha declaración a la Corte el
14 de mayo de 2012. Asimismo, en una nota separada de 15 de marzo de 2012, la presunta
víctima solicitó ser elegible para el Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte (en
adelante el "Fondo de Asistencia Legal"), solicitud que fue denegada debido a que fue
presentada de manera extemporánea. El 14 de agosto de 2012 la presunta víctima presentó
una comunicación ante la Corte indicando que había seleccionado al señor Irvin Madan
Dewdath Kanhai como su representante legal para el procedimiento ante este Tribunal3.
6.
Escrito de contestación. - El 21 de agosto de 2012, el Estado presentó ante la Corte su
escrito de interposición de excepciones preliminares y contestación al escrito de
sometimiento del caso (en adelante “escrito de contestación”). El Estado designó como
Agente Principal a G.R. Sewcharan y como Agente Alterno a A.E. Telting.
7.
Escritos de observaciones a las excepciones preliminares. – El 19 y 26 de septiembre
de 2012, la presunta víctima y la Comisión Interamericana, respectivamente, presentaron
sus observaciones a las excepciones preliminares interpuestas por el Estado.
8.
Audiencia pública y prueba adicional. - Mediante Resolución del Presidente de la Corte
de 20 de diciembre de 20124 se convocó a las partes a una audiencia pública para recibir
3
No obstante, la Corte constató que la presunta víctima firmó algunos escritos posteriores presentados ante
la Corte.
4
Cfr. Caso Liakat Ali Alibux Vs. Suriname. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de 20 de
diciembre de 2012. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/liakat_20_12_12_ing.pdf.